¿Puedo trabajar y cobrar la RAI?

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¿Se puede cobrar la RAI y trabajar al mismo tiempo? ¿es posible compatibilizar la Renta Activa de inserción con un trabajo? Todas las respuestas

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puedo trabajar y cobrar la rai

Si estás cobrando la Renta Activa de Inserción y empiezas a trabajar en los próximos días, en determinados casos es posible compatibilizar tu ayuda. Te contamos en qué casos puedes trabajar y cobrar la RAI al mismo tiempo y cómo debes comunicarlo al SEPE.

1. ¿Quién puede cobrar la RAI?

Con carácter general, pueden ser beneficiarios de la Renta Activa de Inserción, las personas en situación legal de desempleo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido 45 años y tener menos de 65 salvo determinados casos
  • Llevar al menos doce meces inscrito como demandante de empleo, es decir, apuntados al paro
  • Haber agotado el paro y los subsidios por desempleo a los que tenían derecho.
  • No tener ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (491,40 para 2021).
  • No haber cobrado la RAI en el último año salvo que la persona posea un grado de discapacidad de al menos el 33% o sea víctima de violencia de género.
  • Que no haya percibido la Renta Activa de Inserción tres veces.

Tienes toda la información acerca de esta ayuda después del subsidio y el impreso de solicitud en el siguiente enlace:

Renta Activa de Inserción

2. ¿En qué casos se puede trabajar y cobrar la RAI al mismo tiempo?

Actualmente únicamente es posible compatibilizar la RAI con un trabajo a media jornada, es decir, a tiempo parcial.

En los casos en los que el desempleado logre un empleo a jornada completa o se establezca como autónomo, no podrá continuar percibiendo esta ayuda.

3. Cobrar la RAI y trabajar a media jornada

Como sabemos, la Renta Activa de Inserción tiene establecida una cuantía de 426 euros mensuales durante once meses y si la persona finalmente empieza a trabajar a media jornada o a tiempo parcial, este importe se verá reducido proporcionalmente al tiempo trabajado.

Así por ejemplo, si una persona empieza a trabajar a media jornada, el importe a percibir de la RAI serán 213 euros.

La RAI puede compatibilizarse siempre que el salario que reciba el trabajador no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, 491.40 euros mensuales para 2021.

La cuantía de la RAI se verá reducida proporcionalmente a las horas trabajadas

Un dato importante es que durante el tiempo que la persona esté trabajando no consume meses de prestación, de tal forma que los meses que tuviera pendientes antes de trabajar, continuará teniéndolos una vez finalice el contrato.

Además, hay que tener en cuenta que para seguir percibiendo la Renta Activa de Inserción mientras se está trabajando hay que renovar la demanda de empleo en las fechas señaladas, ya que es un trámite que no podemos dejar de hacer.

Si tienes que sellar tu tarjeta DARDE en los próximos días, te mostramos cómo puedes hacerlo a continuación:

Sellar el paro

4. La Renta Activa de Inserción y el trabajo a jornada completa

En los casos en los que el desempleado encuentre un trabajo a jornada completa, no podrá continuar cobrando la RAI, ni tampoco si el trabajador se establece como autónomo.

Cuando esto ocurre, es importante comunicar al SEPE este hecho, ya que la ayuda tiene que suspenderse o darse de baja, dependiendo de la duración del contrato:

Contrato de más de seis meses

Si el contrato es de más de seis meses, tiene lugar la baja de la RAI y no será posible reanudarla pasados los seis meses. En este caso, como el trabajado habrá acumulado cotizaciones, podrá solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización una vez finalice su contrato.

Contrato de menos de seis meses

Si el contrato es de menos de seis meses, entonces la RAI quedará suspendida temporalmente y podrá reanudar la prestación cuando finalice el periodo de trabajo.

*En ambos casos, es muy importante comunicar al SEPE que empezamos a trabajar. En el último apartado te explicamos cómo hacerlo.

5. ¿Cómo comunicar al SEPE que empiezo a trabajar?

Para comunicar al SEPE que empezamos a trabajar, existen tres formas de hacerlo:

  • Por internet
  • Por teléfono
  • Presencialmente

Por internet

A través de la Sede Electrónica del SEPE, puedes tramitar la baja de la prestación por empezar a trabajar. De este modo, la ayuda quedará interrumpida desde la fecha en que se solicite.

Para poder realizar el trámite, es obligatorio identificarse con alguno de los siguientes documentos:

Puedes realizar este trámite pinchando a continuación:

Baja de la prestación – SEPE

Por teléfono

También puedes comunicar al SEPE que empiezas a trabajar llamando al teléfono siguiente:

901119999( Llamar aquí )

Si lo prefieres, aquí tienes un listado de teléfonos provinciales:

Provincia

Teléfono

Álava

945 750 898
Albacete

967 750 598

Almería

965 000 498
Ávila

920 750 798

Badajoz

924 990 578
Baleares

971 998 798

Barcelona

936 190 998
Burgos

947 750 598

Cáceres

927 750 598
Cádiz

956 992 598

Castellón

964 750 598
Ciudad Real

926 990 598

Córdoba

957 990 598
Coruña

981 995 598

Cuenca

969 750 598
Girona

972 068 698

Granada

958 900 598
Guadalajara

949 750 898

Gipuzkoa

943 980 598
Huelva

959 750 598

Huesca

974 750 598
Jaén

953 990 598

León

987 990 598
Lleida

973 990 598

La Rioja

941 750 598
Lugo

982 750 778

Madrid

910 504 598
Málaga

952 997 098

Murcia

968 991 598
Navarra

948 990 598

Ourense

988 750 598
Asturias

984 751 498

Palencia

979 990 598
Las Palmas

928 990 598

Pontevedra

986 981 598
Salamanca

923 750 598

Tenerife

922 990 598
Cantabria

942 990 898

Segovia

921 750 498
Sevilla

955 566 598

Soria

975 750 598
Tarragona

977 990 598

Teruel

978 990 598
Toledo

925 990 598

Valencia

963 085 598
Valladolid

983 990 998

Bizkaia

944 500 598
Zamora

980 750 598

Zaragoza

976 998 998
Ceuta

956 984 779

Melilla

952 990 798

Presencialmente

Por último también puedes acudir a las oficinas del SEPE para comunicarles que empiezas a trabajar.

Recuerda que es obligatorio pedir cita previa para que seas atendido. Actualmente puede solicitarse por internet y por teléfono:

Cita previa INEM por teléfono

Cita previa INEM por internet

Más Información

Guía para tramitar baja de la prestación por internet SEPE

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