Renta de Garantía de Ingresos

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Todos los requisitos para solicitar la Renta de Garantía de Ingresos si vives en el País Vasco. Descarga el modelo de solicitud de la RGI y tramita tu ayuda si no tienes recursos suficientes.

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RGI Lanbide

La Renta de Garantía de Ingresos, también conocida como RGI, es una ayuda económica que gestiona el Servicio Vasco de Empleo LANBIDE, dirigida a todas aquellas personas que no tengan recursos económicos suficientes. Te contamos cuáles son los requisitos para solicitarla y qué documentos tienes que aportar.

1. La Renta de Garantía de Ingresos 2022

La Renta de Garantía de Ingresos es una ayuda mensual a la que pueden acogerse las personas residentes en el País Vasco que no perciban ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas y las de su familia.

No solamente pueden beneficiarse las personas desempleadas, sino que también se contempla para los trabajadores, pensionistas o inmigrantes que acrediten los requisitos necesarios y no cuenten con recursos suficientes.

La RGI se gestiona desde el Servicio Vasco de Empleo LANBIDE

A continuación vamos a mostrarte los requisitos necesarios para pedir esta ayuda del Lanbide y cómo tienes que tramitar tu solicitud.

2. Requisitos para solicitar la RGI Lanbide

Para poder ser beneficiario de la RGI Lanbide, debes cumplir los siguientes requisitos:

Formar parte de una Unidad de Convivencia UC

  • Tienes que formar parte de una Unidad de Convivencia desde hace al menos un año, es decir que las personas que vivan contigo tienen que tener algún grado de parentesco contigo, como por ejemplo los padres, hijos, cónyuge, pareja de hecho, abuelos, etc.
  • Existen excepciones en las que no se va a exigir un año de convivencia:
    • Si tienes menores a tu cargo
    • En los casos de divorcio o separación
    • Si eres víctima de maltrato doméstico
    • Pensionistas de invalidez, de vejez, o que perciban una pensión de viudedad
    • Etc.

Residente en el País Vasco

  • Debe hacer tres años que resides y estás empadronado en el País Vasco. Si solamente llevas un año tendrás que acreditar que llevas al menos cinco años de vida laboral.

Nivel de ingresos

  • No tener ingresos por encima de la cuantía de RGI que podría corresponderte según tu situación personal
  • No ser propietario de ninguna propiedad salvo de la vivienda habitual o donde tengas tu actividad
  • No tener otras propiedades que superen las cuantías de la RGI

Otros requisitos

  • Ser mayor de 23 años
  • No residir de forma permanente en un centro sanitario público o concertado o en una residencia social
  • No debes estar en prisión
  • Si estás trabajando no puedes tener reducción de jornada de forma voluntaria
  • Si estás en situación legal de desempleo, tienes que haber solicitado todas las prestaciones por desempleo y otras ayudas que te pudieran corresponder.
  • Debes estar inscrito en Lanbide como demandante de empleo «apuntado al paro» y haber firmado además un preacuerdo o un Convenio de Inclusión

3. RGI Cuantías 2022

La cuantía a percibir por la Renta de Garantía de Ingresos va a depender del número de personas que forman parte de la Unidad de Convivencia y los ingresos de todas ellas.

Los ingresos máximos permitidos para percibir la RGI en 2022 son los siguientes:

Miembros de la Unidad de Convivencia

Cuantía máxima mensual

Cuantía máxima mensual PENSIONISTAS

1

672,67€ 764,40€
2 863,77€

955,50€

3 o más personas

955,50€

1.031,94€

Cuantías máximas RGI

Las cuantías máximas que podrán concederse en concepto del RGI son:

Miembros de la Unidad de Convivencia

Cuantía máxima mensual

Cuantía máxima mensual PENSIONISTAS

1

625,58€ 710,89€
2 803,31€

888,62€

3 o más personas

888,62€

959,70€

  • Si la persona no posee ningún ingreso, percibirá la cuantía máxima, y si obtiene rentas se descontarán de la cuantía máxima y ese será el importe que recibirá.
  • Si formas parte de una Unidad de Convivencia monoparental, la cuantía a percibir se incrementa en 45,50€ mensuales.
  • Si no tienes ingresos, se tendrá en cuenta el patrimonio con el que cuentes, que no podrá superar cuatro veces la cuantía máxima de la Renta de Garantía de Ingresos.

4. ¿Qué es la prestación complementaria de vivienda?

La prestación complementaria de vivienda, conocida con las siglas PCV, es un complemento de la Renta de Garantía de Ingresos que sirve para cubrir todos aquellos gastos que tengan que ver con la vivienda, ya sea de propiedad o alquilada.

El importe máximo será de 250 euros y debe solicitarse una vez seas beneficiario de la RGI de Lanbide.

5. Cómo solicitar la Renta de Garantía de Ingresos

Para solicitar la Renta de Garantía de Ingresos debes acudir a la oficina de Lanbide que te corresponda según tu domicilio. Recuerda que en algunas oficinas es obligatorio que solicites cita previa para que puedan atenderte.

Si no conoces la oficina Lanbide a la que debes dirigirte, puedes contactar con ellos a través del siguiente número de teléfono:

945160600( Llamar aquí )

El horario de atención a público es de 8:30 a 20:00 de lunes a viernes

Deberás presentar los siguientes impresos:

Modelo de solicitud de RGI

Autorización para consultar datos

Datos a cumplimentar por la entidad bancaria

Alta tercero interesado

Declaración jurada de otros recursos

Además debes adjuntar los siguientes documentos según en la provincia que residas:

Documentos a adjuntar. SOLICITANTES ALAVA

Documentos a adjuntar. SOLICITANTES VIZCAYA

Documentos a adjuntar. SOLICITANTES GUIPUZCOA

6. ¿Que ocurre con la RGI si empiezo a trabajar?

Si estás siendo beneficiario de la Renta de Garantía de Ingresos y empiezas a trabajar, podrás compatibilizar la prestación siempre que tu salario no supere la cuantía máxima de la RGI.

En caso de que sean superiores, la prestación se suspenderá temporalmente.

Es importante que lo comuniques a Lanbide en el plazo de quince días desde que empieces a trabajar.

7. ¿En qué casos puedo perder la ayuda?

Las RGI se extingue definitivamente en los siguientes casos:

  • Si dejas de reunir alguno de los requisitos necesarios para acogerte a la prestación
  • Si llevas dos años percibiendo la ayuda y no la has renovado
  • Si suspendiste la RGI y hace ya más de doce meses
  • Si renuncias a la prestación
  • Cuando lo señale una resolución de un procedimiento sancionador
  • Si rechazas una oferta de empleo adecuada

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