En esta guía encontrarás toda la información que necesitas sobre la nueva ayuda del PRODI: cuantías, requisitos, ¡y todos los datos!
¿Qué es la ayuda del PRODI? ¿Cuánto se cobra por este nuevo programa? ¿Cuáles son los requisitos de acceso?
En este post encontrarás la guía completa sobre el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI), ¡no te lo pierdas!
Índice del artículo
1. ¿Qué es el PRODI?
El PRODI (Programa Temporal de Protección Por Desempleo e Inserción) es una ayuda económica estatal que se concede durante un máximo de seis meses no prorrobagables, a aquellos que cumplan los requisitos de acceso.
El PRODI es una de las ayudas del SEPE, y se puede cobrar hasta un máximo de seis meses.
Cuánto se cobra de PRODI
La cuantía que se cobra por la ayuda PRODI equivale al 80% del IPREM, por lo que en 2022 queda en 430,27 euros. EL SEPE realiza el pago entre el día 10 y el 15 de cada mes. Salvo casos excepcionales, el pago se hace abonando esta cantidad en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario, de la que debe ser titular.
2. Requisitos para cobrarlo
Los requisitos para cobrar el plan PRODI son los siguientes:
- No tener el derecho a las ayudas por desempleo, ni contributiva ni asistencial.
- No tener haber cumplido la edad que permita acceder a la pensión de jubilación, sea en su modalidad contributiva o no contributiva.
- Carecer de rentas , de cualquier tipo, que sean superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Acreditar que se tienen responsabilidades familiares .
- Haber cesado de manera involuntaria en el último trabajo que se ha realizado, en caso de haber trabajado después de agotar el último derecho.
- No haber recibido con anterioridad la ayuda económica de acompañamiento que se establece en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
- En la fecha en que se realice la solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial ni tener un contrato de trabajo suspendido.
- No haber sido beneficiario anteriormente el Subsidio Extraordinario por Desempleo.
Requisitos específicos de otros colectivos
Hay algunos grupos de personas a las que se les exigen otros requisitos concretos para acceder a esta ayuda de la Seguridad Social para desempleados:
Personas que han agotado el subsidio por desempleo a partir del 01/03/2022
En este caso, los requisitos son estos:
- Haber estado inscrito demandante de empleo durante el plazo de espera de un mes desde que se agotara el subsidio anterior, sin haber rechazado ninguna de oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar (salvo casos justificados) en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
- Acreditar que durante ese plazo se han llevado a cabo acciones de búsqueda activa de empleo.
No están incluidas dentro de este colectivo las personas que han extinguido por agotamiento las siguientes prestaciones:
- El Subsidio para Mayores de 52 años por haber cumplido la edad de jubilación.
- El Subsidio por Desempleo o la Renta Agraria, a favor de los trabajadores eventuales que se incluyen en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
- Los programas de Renta Activa de Inserción (RAI) o los programas de inserción PREPARA o del propio PRODI.
Parados de larga duración
A los parados de larga duración se les exige los siguientes requisitos:
- Haber agotado alguna de las siguientes prestaciones:
- Ayudas del paro, sea contributiva o no contributiva.
- Las ayudas económicas vinculadas al:
- RAI
- PRODI
- PREPARA
- Haber estado inscrito como demandante de empleo durante 360 días al menos en los 18 meses anteriores a la fecha en que se solicita el subsidio.
- Estar inscrito como demandante de empleo a fecha 1 de mayo de 2022. Se entenderá cumplido el requisito cuando la persona trabajadora, aunque no esté inscrita como demandante de empleo en esa fecha, tenga interrumpida la inscripción por la realización de un trabajo por cuenta ajena, si la duración del contrato ha sido menor a 90 días.
- Acreditar que durante el mes anterior a la fecha de la solicitud se han llevado a cabo acciones de búsqueda activa de empleo.
- Haber cesado de manera involuntaria en un trabajo por cuenta ajena de forma previa al agotamiento del último derecho reconocido.
3. Diferencias entre PRODI y Plan PREPARA
Te contamos las principales diferencias entre el PRODI y el Plan PREPARA:
- Mientras que el Plan PREPARA se puede solicitar tan pronto como se agote la prestación o el subsidio por desempleo, para pedir el PRODI hay que esperar seis meses.
- En el caso del PRODI todos los beneficiarios cobran exactamente la misma cantidad, 430,27 euros; sin embargo, las cuantías del PREPARA oscilan entre los 400 y los 450 euros, según si se tienen cargas familiares o no.
- El PRODI solo se puede cobrar si se tienen responsabilidades familiares, mientras que para ser beneficiario del PREPARA no es necesario.
- No se puede acceder al PREPARA si se recibió previamente el propio PREPARA, la RAI o el PRODI. En cambio, para cobrar el PRODI hay que cumplir otros requisitos que no guardan relación con esto.
4. ¿Se puede cobrar el PRODI y trabajar a la vez?
El PRODI no es una ayuda a parados solamente, por lo que sí es posible trabajar y cobrarlo al mismo tiempo si se cumplen los requisitos necesarios. En estos casos se deduce del importe del subsidio la parte proporcional al tiempo que se trabaja.
El PRODI no es estrictamente una ayuda por desempleo, por lo que si se cumplen los requisitos, se puede cobrar estando trabajando.
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