Toda la información oficial sobre el plus por hijo que podrán cobrar los afectados por un ERTE por coronavirus en la prestación por cese de actividad.
La alerta sanitaria por coronavirus ha hecho que muchos trabajadores se hayan visto afectados por un ERTE de su empresa, y tengan que cobrar una prestación. Pero aquellos que tengan hijos pueden cobrar un plus.
En este artículo tienes todos los datos sobre este complemento.
Índice del artículo
1. ¿En qué consiste el plus por hijo para los afectados por un ERTE?
Se trata de que los trabajadores que se hayan visto afectados por un ERTE y tengan hijos a cargo van a cobrar automáticamente un complemento en la prestación a la que tienen derecho.
El plus por hijo es un complemento en la prestación de los trabajadores afectados por un ERTE por coronavirus.
Sin embargo, en función de que el beneficiario tenga un historial previo o no en las Oficinas de Empleo, el plus se cobrará directamente o a través de un segundo pago.
La normativa relativa a la prestación se ha modificado no solo incluyendo este complemento, sino tratando de hacer más rápido el cobro de dicha ayuda y evitar que se saturen los servicios de las Oficinas de Empleo, que tienen que hacer frente a la prestación de más de tres millones de afectados por ERTE por coronavirus.
2. ¿Cuál es su cuantía?
Depende del número de familiares que se tengan a cargo, pero la cuantía del complemento puede llegar a los 400 euros.
Así pues, esa puede ser la diferencia entre un trabajador que no tenga hijos a cargo y otro que tenga al menos dos:
- Una persona que tenga derecho a la prestación pero no tenga hijos puede recibir un máximo de 1.098,09 euros mensuales.
- Otra persona que tenga un hijo a cargo podría llegar a recibir 1.254,96 euros al mes.
- Y quien tenga dos o más hijos puede recibir 1.411,83 euros mensuales.
3. Cómo solicitar la prestación por ERTE
Esto significa que quienes hayan cobrado el paro con anterioridad, y cuya situación familiar conste ya en las Oficinas de Empleo, cobrarán la prestación íntegra y sin modificaciones sin necesidad de realizar ninguna gestión.
Para cobrar el complemento por hijos tan solo es necesario continuar cumpliendo con los requisitos establecidos.
Quien sí se verá afectado, pero no tendrá que tramitar la prestación, es la persona que no haya solicitado antes una prestación por desempleo, o aquella de la que el SEPE no tenga datos relativos a su situación familiar.
En estos casos, el SEPE abonará el complemento después de certificar la situación familiar del beneficiario de la prestación.