Toda la información sobre las últimas medidas económicas aprobadas por el Ejecutivo para paliar el impacto económico provocado por el coronavirus.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 26 de mayo una serie de nuevas medidas económicas relacionadas con la crisis del COVID-19. Te contamos en qué consisten estas medidas.
Índice del artículo
1. Aplazamiento de impuestos
Se ha aprobado una serie de medidas de carácter tributario entre las cuales cabe destacar las siguientes:
- El aumento de tres a cuatro meses del tiempo en que pymes y autónomos pueden aplazar el pago de sus obligaciones tributarias sin intereses.
- De este modo el aplazamiento podría llegar a seis meses, lo que supone que más de la mitad del tiempo de aplazamiento no tendría ningún recargo para los contribuyentes.
- Se ha adaptado la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades a la nueva realidad provocada por el coronavirus, de forma que las sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes del fin del plazo de declaración de este tributo, lo podrán presentar con las cuentas anuales en su momento.
- Además se ha habilitado además un régimen especial que permite presentar otra declaración, sin recargos, en los casos en que las cuentas anuales se hayan podido aprobar.
- También se ha aprobado que se pueda retrasar en 2022 hasta septiembre, de forma excepcional, la publicación de la lista de deudores de la Agencia Tributaria, para que se puedan resolver los procedimientos establecidos con todas las garantías, teniendo presente la situación de crisis actual.
2. Empleo agrario temporal hasta el 30 de septiembre
En el ámbito agrario se han aprobado estas medidas:
- Se han prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2022 las medidas extraordinarias para la promoción del empleo temporal agrario que contemplaba el Real Decreto-ley 13/2022, de 7 de abril, que tan solo las hacía vigentes hasta el 30 de junio.
- La nueva prórroga abarca en su totalidad diversas campañas de mayor actividad, como los cultivos de verano, asegurando así que haya mano de obra para atender a las necesidades de ganaderos y agricultores ante las limitaciones que los trabajadores de otros países tienen a causa de la crisis del coronavirus.
- Con respecto a los jóvenes extranjeros en situación regular con autorización de residencia no lucrativa, y que se acogieron al Real Decreto-ley 13/2022, se ha incluido una disposición adicional para que una vez que finalice su permiso de trabajo, puedan tener una nueva autorización de residencia y trabajo.
- La nueva autorización tendrá una vigencia de dos años, prorrogable por otros dos, y tendrá validez en todo el territorio nacional sin límites de actividad ni sectores.
3. Préstamo para la Seguridad Social
Con el fin de paliar el impacto de la crisis del coronavirus en la Seguridad Social, se ha dotado de recursos a la misma:
- El Gobierno ha aprobado un préstamo a la Tesorería General de la Seguridad Social por un importe de 16.500 millones de euros, a fin de que se puedan cubrir las obligaciones de la misma.
- Por otro lado, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado un crédito extraordinario por valor de 14.002 millones de euros para aliviar el impacto de la crisis sanitaria en las cuentas de la Seguridad Social.
- Se han incluido dos suplementos de crédito por las prórrogas presupuestarias de 99 y 272 millones de euros, para completar, respectivamente, las prestaciones no contributivas y la prestación por hijo a cargo.
4. Ampliación de las coberturas del personal sanitario
Otra de las medidas aprobadas ha sido ampliar la cobertura al personal que trabaja en centros sanitarios o sociosanitarios.
De este modo se reconoce que si estas personas hayan contraído el coronavirus, esto tendrá la consideración de accidente de trabajo.
En caso de fallecimiento se entenderá también así, siempre y cuando este tenga lugar dentro de los primeros cinco años después del contagio.
Esto supone una cobertura mayor en los casos en los que esta enfermedad cause incapacidad permanente o fallecimiento de estos trabajadores.
5. Fin de las restricciones en las telecomunicaciones
En lo que respecta al ámbito de las telecomunicaciones, se ha aprobado que no haya limitaciones a los usuarios a la hora de cambiar de operador, conservando su número de teléfono (es decir, a la hora de hacer una portabilidad).
Al comienzo de la pandemia se estableció la restricción al respecto, para ayudar a hacer frente a la crisis limitando los desplazamientos de los usuarios y de los técnicos de las empresas.
La eliminación de las restricciones de la portabilidad permite al mercado de las telecomunicaciones volver a ser más dinámico y estar plenamente operativo, reestableciéndose además la capacidad de los ciudadanos de elegir aquellos servicios que se adapten mejor a sus necesidades.
Tan solo permanecerá la obligación de los operadores de no interrumpir las comunicaciones electrónicas, al ser servicios esenciales, hasta que termine el Estado de Alarma (aun cuando el usuario no haya realizado el pago correspondiente).