Las ayudas para personas sin cargas familiares

test-content-single

¿Conoces las ayudas para personas sin responsabilidades familiares que no cuentan con recursos económicos suficientes? Te las mostramos.

test -thumbnail
ayudas parados sin cargas familiares

Actualmente, muchos desempleados que están atravesando dificultades económicas no cuentan con responsabilidades familiares; uno de los requisitos necesarios para solicitar numerosas prestaciones.

Aún así, existen ayudas para personas sin cargas familiares. Te contamos cuáles son.

1. El subsidio por insuficiencia de cotización

El subsidio por insuficiencia de cotización es la ayuda que pueden tramitar las personas que pierden su empleo y no tienen los 360 días cotizados para cobrar el paro.

Para poder percibir este subsidio no es necesario contar con responsabilidades familiares, sino que bastará haber cotizado al menos seis meses y no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Eso sí; es importante valorar la conveniencia o no de solicitar esta ayuda, pues si quisiéramos cobrar el paro en un futuro, no contaremos con esta cotización ya que se pierde en el momento en que percibimos el subsidio, y no podremos acumularla.

Requisitos

  • Mínimo de seis meses cotizados.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No tener ingresos superiores a 750 euros al mes (75% salario mínimo en 2022).

Si quieres conocer más acerca de esta prestación, haz clic en el siguiente enlace:

Subsidio por insuficiencia de cotización

2. Ayudas para mayores de 45 años

Si tienes 45 años o más, has agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) y no tienes responsabilidades familiares, puedes solicitar esta ayuda.

Durante seis meses percibirás una prestación de 463 euros, junto con un itinerario de inserción laboral para lograr un nuevo empleo

En cuanto a los plazos, debes esperar un mes desde que acabes el paro para poder tramitarla. Esto es lo que se conoce como «mes de espera».

Requisitos

  • Tener 45 años o más.
  • No tener responsabilidades familiares.
  • Haber agotado el paro.
  • Continuar inscrito como demandante de empleo.
  • No percibir rentas por encima de 750 euros mensuales.

Si quieres solicitar esta prestación, aquí tienes toda la información que necesitas:

Subsidio para mayores de 45 años

3. El subsidio para mayores de 52 años

Las personas desempleadas que tengan 52 años o más podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años, una prestación por desempleo que no exige tampoco contar con cargas familiares para poder acogerse a ella, sino reunir los requisitos siguientes.

Requisitos

  • Tener 52 años o más.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Inscripción interrumpida en el paro: cada una de las interrupciones en la inscripción como demandante de empleo que se hayan tenido debe haber sido de menos de tres meses.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes, desde que se agotase la prestación anterior que se estaba percibiendo.
  • Reunir las cotizaciones necesarias para cobrar la pensión de jubilación.
  • No tener ingresos brutos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional; es decir, 750 euros al mes.

Pincha en el siguiente enlace con toda la información detallada:

Subsidio para mayores de 52 años

4. La Renta Agraria

Los trabajadores del campo de Andalucía y Extremadura, tampoco necesitarán acreditar que tienen cargas familiares para poder acogerse a la Renta Agraria cuando estén desempleados.

Tampoco es un requisito obligatorio para solicitar el Subsidio Agrario, otra prestación por desempleo que también puede solicitarse.

Tener o no responsabilidades familiares solamente se tendrá en cuenta a la hora de determinar la duración de la ayuda, pero la cuantía a percibir no variará, sino que irá en función de las jornadas trabajadas.

Requisitos

  • Ser trabajador eventual agrario y llevar inscrito en el Sistema Especial para trabajadores agrarios por cuenta ajena SEASS al menos doce meses si eres menor de 45 años. (Mayores de 45 años entre 5 y 20 años).
  • Estar empadronado en Andalucía o Extremadura.
  • No haber cobrado el subsidio agrario en los últimos tres años.
  • Estar desempleado.
  • No tener rentas de ningún tipo que en cálculo anual superen la cuantía del SMI,  sin contar las pagas extraordinarias.
  • No superar el límite familiar de rentas establecido.

En el siguiente enlace encontrarás las cuantías a percibir, duración, solicitud y documentación necesaria para tramitarla:

La Renta Agraria

5. La Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción, conocida como la RAI, es un subsidio extraordinario que puede solicitarse en el momento en el que la persona ha agotado todas las prestaciones por desempleo a las que tenía derecho y continúa en situación legal de desempleo.

Requisitos

No es necesario contar con responsabilidades familiares para poder tramitarla, pues no se encuentra entre los requisitos necesarios para poder cobrarla.

En cambio la edad será fundamental, pues será obligatorio tener 45 años o más si no se posee discapacidad de al menos el 33% ni se es víctima de violencia de género o doméstica.

Además de un itinerario de inserción laboral, los beneficiarios de la RAI percibirán una ayuda económica de 463,21 euros mensuales durante once meses.

La Renta Activa de Inserción

(Pincha aquí para ampliar la información)

ayudas-despues-del-paro-sin-cargas-familiares

6. El Subsidio Extraordinario por Desempleo

Otras de las ayudas después del subsidio existentes actualmente para los parados de larga duración es el Subsidio Extraordinario por Desempleo, que ha sustituido al antiguo Plan Prepara.

Se trata de un subsidio de 463,21 euros que se puede cobrar durante seis meses, no prorrogables.

Este subsidio se puede pedir por dos vías distintas, con diferentes requisitos:

  • Primera opción: haber agotado un subsidio por desempleo a partir del 5 de julio de 2022. Esta es una opción válida también para aquellos que lo agotaran entre el 1 de marzo y el 5 de julio de 2022.
  • Segunda opción: parados de larga duración. Tienen que estar inscritos como demandantes de empleo a partir del 1 de mayo de 2022, y haber agotado prestaciones por desempleo, o el Plan Prepara o la Renta Activa de Inserción (RAI).

Aquí tienes más información:

Subsidio Extraordinario por Desempleo

7. Ayudas al alquiler 2022

Para poder beneficiarse de las ayudas al alquiler que convocan las diferentes comunidades autónomas tampoco es necesario poseer cargas familiares, sino que bastará con tener firmado un contrato de arrendamiento y no contar con recursos suficientes para pagar la renta mensual, que tendrá que ser inferior a 600 euros.

Para conocer las convocatorias abiertas en estos momentos, pincha en tu comunidad:

Andalucía Aragón Asturias Islas Baleares
Canarias Cantabria Castilla la Mancha Castilla y León
Cataluña Comunidad Valenciana Extremadura Galicia
La Rioja Madrid Navarra País Vasco
Murcia Ceuta Melilla

8. El salario social autonómico

Los salarios sociales, también conocidos como Rentas de Inserción Autonómicas, son prestaciones que se gestionan desde los Servicios Sociales de cada comunidad para garantizar al ciudadano las necesidades básicas diarias cuando han agotado todas las prestaciones a las que tenían derecho y no cuentan con recursos económicos suficientes.

Antes de solicitar el salario social, es importante comprobar que no se tienen derecho a otras prestaciones estatales, pues no podrá percibirse en esos casos.

Requisitos

Cada comunidad autónoma establece los requisitos necesarios para solicitarlo, aunque generalmente suelen ser los siguientes:

  • Estar empadronado en el municipio con una antigüedad mínima.
  • No contar con recursos económicos para cubrir las necesidades básicas.
  • No tener derecho a prestaciones, ayudas o pensiones.

Los salarios sociales se gestionan desde los departamentos de Bienestar Social y Servicios Sociales.

Haz clic en tu comunidad para conocer todos los detalles de esta ayuda:

  • Valencia ( Renda garantida de ciutadania)
  • Múrcia ( Renta Básica de Inserción)
  • Galicia (Renda de Inclusión Social)
  • La Rioja (Ingreso Mínimo de Inserción)
  • Ceuta (Ingreso Mínimo de Inserción Social)
  • Melilla (Ingreso Melillense de Integración)
  • Extremadura (Renta Básica Extremeña de Inserción)
  • Navarra (Renta de Inclusión Social)

9. Ayudas de emergencia social

En situaciones de urgente necesidad, las comunidades autónomas también gestionan las denominadas ayudas de emergencia social, cuantías económicas que se abonan una sola vez a personas desfavorecidas que necesitan recursos económicos para enfrentarse a determinadas situaciones como puede ser un desahucio, el pago de suministros o adquirir alimentos.

Requisitos

  • Ser mayor de edad, con algunas excepciones.
  • Residir en la comunidad autónoma y en el municipio en el que queremos solicitar la ayuda de emergencia social.
  • No tener ingresos suficientes para afrontar determinados gastos urgentes, básicos y necesarios.
  • No haber cobrado alguna otra ayuda que tenga la misma finalidad.

Si te encuentras en esta situación, tienes toda la información por comunidades en el siguiente enlace:

Ayudas de emergencia social

10. El bono social para desempleados

Si estás desempleado y tienes contratada una potencia de luz que no supera los 10Kw, es posible que puedas solicitar el bono social para disminuir tu factura de electricidad.

Requisitos

En este caso tampoco será necesario contar con responsabilidades familiares, y tendrás que consultar con tu compañía eléctrica si existen otros requisitos al margen de los que hemos visto.

En principio estar desempleado y no tener contratado más de 10Kw de potencia, son requisitos suficientes para solicitar el bono social

Te mostramos cómo hacerlo a través de tu compañía:

El bono social

nuevas-ayudas-a-parados-de-larga-duracion-sin-cargas-familiares

11. Ayudas para personas con discapacidad

Además de estas ayudas, también existen subvenciones a determinados colectivos como las personas con discapacidad o las víctimas de violencia de género o doméstica, sin necesidad de que cuenten con cargas familiares para percibirlas.

Las personas con discapacidad cuentan con determinadas ayudas como pueden ser:

  • Ayudas técnicas.
  • Ayudas a la movilidad.
  • Ayudas de atención y cuidado.
  • Ayudas para la vivienda.

Consulta la siguiente guía para conocer todas las subvenciones y beneficio fiscales para personas con discapacidad:

Ayudas para personas con discapacidad

12. Ayudas para víctimas violencia de género

Otro colectivo que merece especial protección con las víctimas de violencia de género, y por eso se han ido aprobando diversas medidas y ayudas para personas que se encuentran en esta situación.

Lógicamente, no será necesario justificar que poseemos responsabilidades familiares, sino que bastará acreditar la situación en la que nos encontramos.

Accede a toda la información y modelos de solicitud:

Ayudas para víctimas de violencia de género

Más Información

  • Recuerda que para tramitar prestaciones y subsidios por desempleo, incluidas las ayudas extraordinarias, debes obtener cita previa inem para que puedan atenderte en las oficinas de empleo.

Deja un comentario