Capitalizar el paro en un pago único es una de las vías de financiación que están utilizando numerosos desempleados, y es que supone una nueva forma de obtener capital para emprender y obtener, de esta forma, un empleo.
Capitalizar la prestación por desempleo se trata de recibir en un pago único el importe total del valor del paro. Por ejemplo, si María acaba de quedarse en paro y le corresponden 12 meses de prestación contributiva puede capitalizar el paro en un pago único y utilizar ese dinero para crear su propia empresa.
Requisitos para solicitar el paro en pago único
Cualquier desempleado puede solicitar el pago único, siempre que reúna unos requisitos:
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Debe tener pendiente, al menos, 3 meses del subsidio por desempleo.
- Otro de los requisitos es no haber tenido el pago único de una prestación por desempleo durante los 4 años anteriores a la solicitud.
- En el caso de que el trabajador haya impugnado la relación laboral que da origen a la prestación, deberá esperar a la resolución del procedimiento para realizar la solicitud.
Fines para solicitar el pago único
Para pedir la capitalización hay que tener en cuenta que se puede realizar para los siguientes casos:
- Para iniciar una actividad como autónomo, pudiendo tratarse de individual, comunidad de bienes o una sociedad civil.
- Para constituir o incorporarse a una sociedad de carácter mercantil como es el caso de una sociedad limitada, anónimo no laboral…
- O para constituir o incorporarse de forma estable como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales.
Procedimiento para solicitar la capitalización del paro en un pago único
El pago único se deberá solicitar antes de la fecha de inicio de la actividad o de la incorporación en la sociedad o cooperativa. Hay que tener en cuenta que no se puede solicitar este pago único si habiendo reclamado contra la extinción de la relación laboral el procedimiento estuviera aún pendiente de la resolución.R
Para solicitarlo se puede hacer de dos formas:
1- Si se trata de un autónomo
Si la actividad que se va a realizar es la de trabajador autónomo, no persona con discapacidad, o de constituir o incorporar a una sociedad mercantil, la solicitud debe presentarse en el SEPE más cercano al domicilio habitual, que será la misma oficina en la que se ha solicitado la prestación por desempleo.
2- Si se trata de:
- Un trabajador autónomo con una discapacidad igual o mayor del 33%
- De la constitución de la sociedad laboral o cooperativa
- De la incorporación a una sociedad laboral o cooperativa
En ese caso la propia oficina del SEPE es la que le va a derivar al organismo competente y allí le indicarán la documentación que debe aportar según su caso concreto.
¿Cuánto dinero puedo capitalizar en un pago único?
Para saber cuál es la cuantía que puede capitalizar hay que volver a hacer tres distinciones: entre autónomos, creación o incorporación a una sociedad mercantil y la sociedad laboral o cooperativa.
Autónomos:
Los autónomos podrán solicitar una parte en efectivo para realizar la inversión inicial del negocio y también podrán solicitar a la misma vez el pago del importe restante para financiar el coste de las cuotas de la Seguridad Social.
El importe máximo es:
Con carácter genera: un 60% de la capitalización pendiente de percibir.
Los hombres de hasta 30 años o las mujeres de hasta 35 podrán percibir hasta el 100%
Los autónomos con una discapacidad igual o superior al 33% podrán obtener el 100% de la prestación que tienen pendiente de percibir.
Creación o incorporación a una sociedad mercantil:
En este caso el abono de la prestación pendiente de percibir se va a destinar exclusivamente a pagar las cuotas de la seguridad social.
En el caso de los mayores o igual a 30 años podrán destinar el 100% al pago de dichas cuotas.
En el caso los menores de 30 años pueden optar por:
- Destinar hasta el 100% de la prestación contributiva pendiente de percibir para financiar la aportación del capital social de la Sociedad y los gastos que se acreciente para la constitución y puesta en marcha de la entidad así como el pago de las tasas y el precio de los servicios de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad que se vaya a emprender.
- Otra opción es destinar el 100% del paro para financiar las cuotas de la seguridad social.
- Y una tercera opción es destinar una parte del prestación contributiva que queda pendiente para financiar la aportación del capital social de la seguridad social junto con los gastos que correspondan a la constitución y puesta en marcha de la entidad, también se podrán pagar las tasas y el precio de los servicios específicos del asesoramiento y de la formación siempre que estén relacionados con la actividad que se va a emprender. Otra parte de la cuantía forma parte de la financiación de las cuotas de la seguridad social.
Sociedad laborar o cooperativa:
Si se crea una sociedad laboral o cooperativa el importe máximo para solicitar es aquel que se justifique como necesario para aportar al capital social del negocio. En el caso de ser una incorporación de forma estable como socio de trabajo o trabajador a una sociedad laboral o cooperativa el importe máximo que podrá capitalizar en un pago único es aquel que la propia sociedad laboral o la cooperativa indique, según los estatutos, para acceder como socio.
Un apunte importante es que en ambos casos si se reconoce el derecho por un importe inferior a la prestación que está pendiente de recibir se puede obtener el resto del dinero como pagos parciales para subvencionar las cuotas de la seguridad social.
Las obligaciones al solicitar la capitalización
Son varias las obligaciones que hay que tener presentes en el caso de solicitar la capitalización paro en un pago único:
Presentar la documentación que acredita el inicio de la actividad
Destinar la cantidad que se ha recibido a la aportación del capital establecido o para el desarrollo de la actividad.
Iniciar la actividad en un mes desde que se ha recibido el pago único.
Qué documentación hay que presentar
Para solicitar el pago único hay que aportar el impreso de pago único junto con una memoria explicativa del proyecto que se va a desarrollar.
Una vez que se ha aprobado la solicitud por parte del SEPE hay que presentar las facturas y los justificantes pertinentes de la inversión que se ha realizado con ese dinero.