El gobierno ha aprobado una series de medidas para paliar el incremento del precio en los combustibles, entre ellas se encuentra una ayuda directa al sector del transporte con hasta 1250€, que se puede solicitar hasta el 30 de abril.
La cuantía de la ayuda depende del tipo de vehículo y de la actividad de transporte que realice el conductor que solicite la ayuda. Ya que estás ayudas van destinadas ha los autónomos del sector del transporte, por lo que es necesario estar dado de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Se podrán beneficiar de esta nueva ayuda los taxis, servicio trasporte sanitario, trasporte de mercancía por carretera y servicio de trasporte de personas.
Está nueva ayuda para el combustible, ya se pueden solicitar tras su publicación en el BOE. Estas ayudas están destinadas para autónomos y sociedades constituidas en España, y el plazo para hacerlo estará abierto hasta el 30 de abril.
Cuantia de la nueva subvención de combustible de 1250€ por sector
Las cuantías de las ayudas están establecidas según el tipo de vehículo, y quedan de la siguiente manera:
☑️ Vehículos de mercancías pesados y camiones (MDPE), 1.250 euros
☑️ Mercancías ligeros y furgonetas (MDLE), 500 euros
☑️ Autobuses (VDE), 950 euros
☑️ Taxis yvehículo alquiler con conductor o VTC 300€ euros
☑️ Ambulancias (VSE), 500 euros.
Cómo se solicita la ayuda de 1250€ para combustible
Esta nueva subvenciones para el sector del transporte se puede solicitar ya desde su entrada en vigor en el BOE, y los encargados de gestionar dicha ayuda será la Agencia Tributaria. Para solicitar las ayudas a camioneros y profesionales de transporte es necesario rellenar un formulario disponible en la web de la Agencia Tributaria, incluyendo en el mismo el número de la cuenta bancaria en la que se desea recibir el importe.
Puedes realizar el trámite desde este enlace.
En base al código CNAE, podrán solicitar estas ayudas los taxis (código 4.932), los transportistas terrestres de pasajeros (código 4.939), el transporte de mercancías por carretera (código 4.941) y el servicio de transporte sanitario de personas (código 8.016)
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