El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda de la Seguridad Social que tiene como principal objetivo ayudar a aquellas personas que no disponen de los ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, intentando de esta forma prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social en España.
Pero hasta hace aproximadamente un mes, este objetivo no se estaba consiguiendo cumplir del todo, ya que si algo caracterizaba a esta prestación, era su dificultad para percibirla. Y es que según un informe publicado por la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, a finales de julio se habían rechazado en nuestro país más de 785.000 solicitudes. Es decir, que solamente el 9,3% de personas que la habían solicitado, se estaban pudiendo beneficiar de ella.
Según se ha explicado desde el Ministerio de Seguridad Social, los principales motivos por los que se desestiman tantas solicitudes se deben a duplicidades, a no cumplir con los requisitos o a haber cometido fallos a la hora de realizar la solicitud.
Con el principal objetivo de poner fin a esto, el organismo público ha tomado una serie de medidas como el nuevo sistema de solicitud, a través de reconocimiento facial, lo cuál facilita en gran medida el trámite, o el autobús del Ingreso Mínimo Vital, el cuál se encuentra desde hace semanas recorriendo varios puntos de España para que los ciudadanos puedan acudir a él para informarse sobre esta prestación.
Tiempo que tiene la Seguridad Social para comunicarte la resolución de tu solicitud
Que la Seguridad Social apruebe o deniegue esta ayuda, así como la duración y cuantía, dependerá de la situación personal y económica del solicitante. En el caso de que ya hayas solicitado el Ingreso Mínimo Vital, pero todavía no te han comunicado la resolución, debes saber que existen unos plazos máximos establecidos como norma general para comunicarte la resolución de tu solicitud. Y es que debido a que es una prestación para personas con bajos ingresos, todos los estamentos gubernamentales encargados tienen la obligación de agilizar lo máximo posible tanto los procesos de tramitación, como la toma de decisiones por parte de la Administración.
Actualmente, la Seguridad Social dispone de un plazo máximo de 6 meses para aprobar o denegar el IMV, desde el momento de su solicitud. Esto quiere decir que los 6 meses comenzarán a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de la administración. Este plazo incluirá tanto la toma de la decisión, como la comunicación por parte del organismo al solicitante. En el caso de que se haya cumplido el plazo, y no se haya recibido dicha resolución, podría considerarse como «silencio administrativo».
¿Qué es el «silencio administrativo»?
El silencio administrativo quiere decir que si una vez pasado el plazo de 6 meses, el solicitante no ha recibido ninguna resolución a su solicitud, ésta se considerará desestimada. Es decir, que te han denegado la prestación. A pesar de esto, la propia administración ha explicado a través de su página web, que se resolverán expresamente todas las solicitud presentadas, incluso si hubieran transcurrido más de 6 meses desde su presentación. Esto quiere decir, que aún pasado el plazo, la persona solicitante recibirá un comunicado confirmando que su solicitud ha sido denegada.
A pesar de esto, la Seguridad Social dispone a través de su página web de un apartado en el que podrás consultar en el momento que quieras en qué punto se encuentra tu solicitud.
Cómo consultar el estado de mi solicitud a través de Internet
A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, se podrá comprobar en qué estado se encuentra una solicitud del Ingreso Mínimo Vital. Para ello, en primer lugar, habrá que acceder a la página web. Puedes ir directamente pinchando aquí. A continuación, habrá que pulsar sobre «Gestiona la solicitud presentada», e introducir el código de solicitud (CSV) o el número de referencia. Este número te lo envían al correo electrónico o al teléfono móvil cuando presentas la solicitud.
Una vez hayas accedido, ya podrás comprobar en qué estado se encuentra tu solicitud. La información de los expedientes se actualizará todos los viernes, y reflejará el estado de tramitación de ese mismo día. Los estados en los que se puede encontrar la solicitud son los siguientes:
- En estudio.
- Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada.
- Solicitud finalizada por falta de documentación.
- Archivada por constar otra solicitud presentada.
- Aprobada.
- Denegada.
- Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio.
- Inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad.
Qué hacer si me han denegado la solicitud
En el caso de que tu solicitud haya sido desestimada, dispones de dos opciones: reclamar o solicitar la prestación nuevamente. Elegir la mejor opción dependerá del motivo por el cuál te hayan denegado la ayuda. Por ejemplo, en el caso de que haya sido por superar el límite de renta y/o patrimonio, y no estés de acuerdo, entonces la mejor opción será reclamar.
Pero si por ejemplo, te la han denegado por presentar solicitudes por duplicado, o por no realizar correctamente la solicitud, entonces será mejor presentar la solicitud desde cero nuevamente. A través del siguiente artículo podrás informarte más a fondo sobre qué hacer si te han denegado la prestación: