¿Estás cobrando el paro o un subsidio por desempleo? Entonces has firmado el compromiso de actividad. ¿Sabes lo que significa?
Las personas en paro que están cobrando una prestación por desempleo han firmado un compromiso de actividad con el SEPE que les supone una serie de obligaciones que deben cumplir. ¿Conoces cuáles son? Te contamos en qué consiste este acuerdo y cuáles son las consecuencias de no cumplirlo.
Índice del artículo
1. Qué es el compromiso de actividad?
El compromiso de actividad es un acuerdo entre la persona en situación legal de desempleo y el SEPE en el momento de solicitar una prestación, ya sea el paro, un subsidio o una ayuda después del subsidio, como por ejemplo la Renta Activa de Inserción, el Plan Prepara o el Programa de Activación para el Empleo PAE.
El compromiso de actividad son las obligaciones que asume el desempleado en el momento de solicitar una prestación por desempleo.
En el impreso de solicitud aparece este compromiso de actividad y en momento en el que se firma, el trabajador queda obligado a cumplir cada una de las cláusulas que se detallan el modelo de solicitud.
Si estás cobrando una prestación, es importante que conozcas todas las obligaciones que has asumido, ya que en el caso de incumplirlas, te expones a que el SEPE te sancione, y podrías dejar de cobrar tu prestación unos meses o incluso perderla definitivamente.
2. Las obligaciones del desempleado
Las obligaciones que que el desempleado asume cuando solicita una prestación por desempleo son las siguientes:
La búsqueda activa de empleo
Realizar una búsqueda activa de empleo durante todo el tiempo en que se esté cobrando el paro o el subsidio es una de las obligaciones del parado. Se entiende que una persona está buscando trabajo de forma activa cuando lleva a cabo al menos tres de las siguientes acciones:
- Trabajar por cuenta propia o ajena
- Presentar su currículum vitae en por lo menos tres empresas
- Haber tenido como mínimo una entrevista de trabajo
- Haberse apuntado a una agencia de colocación
- Estar inscrito en dos portales de búsqueda de empleo
- Haber presentado su candidatura en una oferta de trabajo del SEPE
- Haber asistido a cursos del INEM o a sesiones de orientación profesional del SEPE que tengan que ver con el emprendimiento
Si quieres saber cómo puedes acreditar que estás realizando una búsqueda activa de empleo, consulta el siguiente artículo:
Comunicación de datos al SEPE
Se deben facilitar todos los datos necesarios para que el SEPE puedan notificar y comunicar cualquier resolución o requerimiento de forma correcta.
Presentación de documentación
El desempleado tiene que presentar toda la documentación necesaria para poder tramitar, suspender, re
Inscripción en los Servicios de Empleo
El trabajador tiene que estar dado de alta en la oficina de empleo, es decir, «apuntado al paro» y debe mantener su inscripción durante todo el tiempo en el que esté cobrando la prestación.
Para mantener tu inscripción, tienes que sellar el paro en las fechas indicadas en tu tarjeta de demanda.
Devolver cobros indebidos
Todas aquellas cantidades o importes que el desempleado haya recibido de forma indebida, tendrá que devolverlas. Existe la posibilidad de fraccionar o aplazar los pagos en el caso de que tengas que reintegrar determinadas cantidades.
En el siguiente artículo te contamos cómo puedes solicitarlo:
Pago fraccionado en los cobros indebidos
Asistir a sesiones de orientación y formativas
Siempre que el SEPE o una Agencia de colocación cite al desempleado para asistir a sesiones de orientación profesional, cursos de formación y ofertas de empleo, deberá acudir obligatoriamente.
Además, tendrá que aportar el justificante conforme ha asistido en los cinco días posteriores a la citación.
Tramitar la baja de la prestación
El desempleado tiene que tramitar la baja de su prestación en los siguientes casos:
- Cuando haya encontrado trabajo o se haya establecido como autónomo
- Por incapacidad temporal a causa de una enfermedad común
- Por jubilación
- Incapacidad permanente o provisional
- Incapacidad permanente absoluta
- Gran invalidez
- Baja por maternidad o paternidad
Por tanto, las obligaciones que asume el desempleado cuando solicita una prestación por desempleo son:
- La búsqueda activa de empleo
- Comunicar todos los datos necesarios al SEPE
- Presentar la documentación necesaria
- Inscribirse como demandante de empleo y mantenerla
- Devolver cobros indebidos en caso de haberlos percibido
- Asistir a cursos de formación, sesiones de orientación y entrevistas de trabajo que gestione el SEPE o una Agencia de Colocación
- Tramita la baja de la prestación en los casos previstos
Recuerda que las obligaciones del desempleado que está cobrando una prestación por desempleo tienen que cumplirse durante todo el periodo en que esté percibiendo la ayuda.
3. Las sanciones del SEPE
Si incumples alguna de las obligaciones del compromiso de actividad, el SEPE puede llegar a sancionarte, según la gravedad del incumplimiento.
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y llevan aparejadas las correspondientes sanciones.
Infracciones leves
Las infracciones leves se sancionan perdiendo un mes de prestación la primera vez que ocurre y son las siguientes:
- No renovar la demanda de empleo en las fechas indicadas, o lo que es lo mismo, sellar el paro.
- No acudir al SEPE si nos han citado
- No presentar el justificante de haber asistido a una entrevista de trabajo gestionada por el SEPE
- No cumplir el compromiso de actividad
- No facilitar todos aquellos datos que sean necesarios para que el SEPE pueda notificarnos y comunicarse con nosotros
Si se vuelven a incumplir por segunda vez, perderemos la prestación durante tres meses y la tercera vez perderemos definitivamente la ayuda.
Infracciones graves
Son infracciones graves:
- Rechazar una oferta de colocación adecuada
- No realizar cursos de formación, programas de empleo y colaboración social
- No tramitar la baja de la prestación cuando se haya perdido el derecho a cobrarla
Incumplir alguna de las dos primeras obligaciones supone la pérdida de la prestación durante tres meses. Si no comunicamos la baja la perderemos definitivamente y tendremos que devolver todas las mensualidades que hayamos percibido de forma indebida.
Infracciones muy graves
Las infracciones muy graves hacen que se extinga la prestación y no podamos cobrar ninguna ayuda por desempleo durante un año.
Son infracciones muy graves:
- Compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación si no es a tiempo parcial
- Haber cobrado una prestación de forma indebida
- Haber pactado con el empresario para cobrar la prestación por desempleo
En el siguiente artículo tienes toda esta información de forma detallada:
4. El compromiso de actividad y las víctimas de violencia de género
Con la finalidad de proteger a las víctimas de violencia de género, y en relación a las obligaciones suscritas en el compromiso de actividad, el SEPE tiene especial consideración con este colectivo y puede suavizarlas o moderarlas en los casos que sean necesarios.