¿Eres extranjero y te encuentras en España? Si aún no tienes el NIE, debes conseguir este número cuanto antes. ¡Te explicamos cómo!
El NIE es un número necesario para todas las personas extranjeras que se relacionen con España, sea por motivos laborales, económicos o sociales. Si tienes dudas acerca de cómo tramitar el NIE comunitario, a continuación te damos toda la información que necesitas para obtenerlo.
Índice del artículo
1.Qué es el NIE y para qué sirve
El Número de Identidad de Extranjero (NIE) es un número personal, único y exclusivo que deben tener las personas extranjeras que por tener intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionan con España.
Este número es el identificador del extranjero y tiene que aparecer en cada documento que se le expida o tramite.
2. Cómo tramitar el NIE comunitario
La solicitud NIE comunitario se puede tramitar personalmente en la Dirección General de la Policía de forma directa o a través de una Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
Si el solicitante no se encuentra en España, debe solicitarlo a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares que tiene nuestro país en el exterior. En este último caso también se puede solicitar a través de las Embajadas de España en el extranjero.
Documentación
Para solicitar el NIE, se debe presentar los siguientes documentos:
- Modelo EX-15 debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
- Pasaporte completo, o en su caso, documento de identidad, título de viaje o cédula de inscripción vigente. Se presentará el original y fotocopia de estos documentos.
- Comunicación de las causas profesionales, económicas o sociales por las que se solicita el NIE.
- Si la solicitud se hace a través de representante, este debe acreditar que cuenta con poder suficiente para hacer la solicitud en nombre del representado.
Si deseas comprobar los requisitos sobre traducción y legalización de documentos públicos extranjeros, haz clic en el siguiente enlace:
Legalización y traducción de documentos
De forma general, se admiten las siguientes solicitudes:
- Las que se presentan personalmente en España, de forma personal por parte del interesado.
- Las que se presentan en España, por medio de representante.
- Aquellas que se hagan a través de Embajadas u Oficinas Consulares de España en el país en que resida el solicitante.
3. Soy extranjero indocumentado, ¿cómo obtengo los documentos?
En el caso de ser extranjero indocumentado, el proceso para obtener la documentación correspondiente es el siguiente:
- En primer lugar, se pedirán los documentos correspondientes en cuando se produzca la indocumentación. Esta petición se hace, de forma personal y por escrito, a las Oficinas de Extranjería o a la Comisaría de Policía que corresponda.
- Una vez en las dependencias policiales, el solicitante debe exhibir aquellos documentos de los que disponga, aunque estén caducados, con los que pueda probar su identidad, nacionalidad o procedencia.
- Si el solicitante no puede ser documentado por la correspondiente Misión Diplomática u Oficina Consular, se debe acreditar esta circunstancia a través de acta notarial. En algunos casos bastará con un informe de la Oficina de Asilo y Refugio.
- El interesado debe facilitar todas las referencias de las que disponga, así como colaborar de forma diligente con las dependencias policiales instructoras.
Si el solicitante no está incurso en causa de prohibición de entrada a España o de expulsión, recibirá un documento de identificación provisional, con el que podrá permanecer tres meses en el país. Durante este tiempo, las Jefaturas Superiores y Comisarías Provinciales completarán la información.
Si finalmente el interesado no está incurso en causa de prohibición de entrada, podrá satisfacer las tasas correspondientes para obtener una Cédula de Inscripción que deberá renovar anualmente.
4. ¿Qué ocurre si me deniegan la solicitud para documentarme?
Si se deniega la solicitud, se procederá a la devolución del solicitante a su país de procedencia, o a su expulsión de España.
En cambio, si este ha obtenido la Cédula de Inscripción, podrá pedir la autorización de residencia correspondiente. En este último caso, ya se puede solicitar el NIE.
5. Soy extranjero en España, ¿qué documentación debo llevar?
A los extranjeros que tengan una autorización o permiso de trabajo en España, se les dotará de la Tarjeta de Extranjero en la que constará el tipo de autorización concedida.
Todo extranjero debe llevar consigo su pasaporte o aquel documento que le haya permitido entrar en España, y en su caso, la citada Tarjeta de Extranjero. Siempre que se le requiera para ello, deberá exhibir estos documentos ante las autoridades o sus agentes.