¿Quién tiene derecho a cobrar un subsidio por desempleo?
En primer lugar, es importante conocer en qué casos se tiene derecho a recibir un subsidio por desempleo:
- Cuando se haya agotado la prestación contributiva, también conocida como «paro», teniendo cargas familiares.
- Cuando se haya agotado la prestación por desempleo y no se tengan responsabilidades familiares.
- Parados de larga duración mayores de 45 años teniendo agotado el paro de 24 meses, con o sin cargas familiares.
- Personas en situación legal de desempleo, que no tengan derecho a la prestación por no alcanzar el período de cotización de 360 días siempre que se haya cotizado como mínimo tres meses si tienes cargas familiares, o seis meses si no dispones de ellas.
¿Quién forma parte del MUF según el SEPE?
Según ha recordado a los ciudadanos la administración pública a través de un nuevo comunicado, se considera que se tienen responsabilidades familiares cuando se tenga a cargo al cónyuge o a algún hijo/a por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años o que tenga alguna discapacidad.
En el caso de que una persona que reúna esos requisitos conviva con la persona solicitante de la ayuda, y siempre que la suma de los ingresos de todos los miembros de su unidad de convivencia dividida por el número de componentes de la misma no supere los 750 euros mensuales, se considerará parte del MUF a ojos del SEPE.
Por otro lado, en el caso de que la persona beneficiaria haya contraído matrimonio y conviva con los hijos/as de su cónyuge, pero no son naturales suyos, podrá incluirlos como familiares a cargo.
Esto se podrá hacer siempre que los gastos básicos de las personas a cargo sean incluidos en los ingresos destinados a su unidad de convivencia.
Cómo declarar que tenemos responsabilidades familiares
Para que el organismo público pueda comprobar que el solicitante de la ayuda forma parte de su unidad familiar habrá que acreditarlo junto al Libro de Familia.
En él deberá aparecer la información del cónyuge y la de los hijos/as con las fechas de nacimiento, o certificación del Registro Civil del nacimiento o de la familia.
Por otro lado, en el caso de que la persona solicitante sea extranjera, tendrá que entregar todos los documentos equivalentes al libro de familia o al certificado de nacimiento. Estos documentos se podrán solicitar en el consulado o en la embajada correspondiente.
Información que se incluye en el MUF y cómo modificar datos
Según explica el SEPE a través de su página web, la información que se incluye de cada MUF en los registros de la unidad familiar es la siguiente:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)/NIE.
- Nombre y apellidos.
- Fecha de nacimiento.
- Fecha de inclusión y de exclusión.
- Parentesco.
- Discapacidad mayor o igual al 33%.
- Familiar en el extranjero.
- Régimen económico.
- Motivo de la exclusión.
- Otras observaciones.
Por otro lado, para poder modificar datos en el MUF será necesario disponer de alguno de los siguientes sistemas de identificación: certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
Puedes consultar cómo conseguirlos. A continuación, habrá que acceder a la página web del SEPE, al apartado «Comunicación de variación de situación Personal, Familiar, Laboral o de Rentas». Puedes ir directamente pinchando aquí. Una vez dentro, habrá que pulsar sobre «Datos personales: Miembros Unidad Familiar».
Finalmente, cuando hayamos accedido con alguno de los sistemas de identificación mencionados anteriormente, encontraremos una pantalla con los datos familiares comunicados al SEPE, divididos en dos apartados: datos personales y datos de los miembros de la unidad familiar que conviven o están a cargo de la persona interesada en solicitar la prestación.
A continuación de mostramos un PDF con la guía de uso proporcionada por el SEPE para la variación de datos.