Guía actualizada de ayudas económicas a parados 2022. Impresos, información detallada, documentación y requisitos para cada una de ellas.
INFORMACIÓN IMPORTANTE EXCEPCIONAL
Con motivo de la crisis del coronavirus, el Gobierno aprobó una serie de ayudas económicas para ayudar a los sectores más vulnerables afectados. Infórmate aquí sobre todas las prestaciones y subsidios oficiales para pymes, autónomos y familias.
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¿Te has quedado sin empleo, y de momento sigues sin encontrar un nuevo trabajo? En ese caso te interesará conocer las ayudas para desempleados en 2022. ¿Necesitas saber más sobre estas ayudas? ¿O sobre los requisitos que se exigen para cobrarlas? ¡Entonces has llegado al sitio adecuado!
Aquí tienes una relación de ayudas para desempleados si no dispones de recursos económicos suficientes. Comprueba los requisitos de cada una de ellas, para saber qué prestación podrías tramitar en función de tu situación personal. Haz clic en los apartados del índice para navegar más rápido por el artículo y encontrar tu ayuda más fácilmente.
Índice del artículo
1. Prestación contributiva «el paro»
El paro es la ayuda económica que puede cobrarse en el momento que nos quedamos desempleados si tenemos al menos 360 días cotizados, en los 6 años anteriores al momento de la situación legal de desempleo.
La prestación contributiva se tramita en el SEPE (antiguo INEM) y tiene que solicitarse dentro de los 15 días siguientes a quedarnos desempleados.
Solamente se puede pedir el paro si hemos finalizado la relación laboral de forma involuntaria, es decir, porque se nos ha acabado el contrato o nos han despedido. Una baja voluntaria no da derecho a cobrar prestaciones por desempleo.
También puede solicitarse en el caso de una reducción de jornada, pues es posible compatibilizar el paro con el trabajo a tiempo parcial.
¿Cuántos días de paro tengo?
La duración de la prestación contributiva tiene que ver con los días cotizados que tengas.
En la siguiente tabla puedes hacerte una idea acerca de cuánto va a durar tu prestación:
Días cotizados |
Días de prestación |
Desde 360 hasta 539 |
120 |
Desde 540 hasta 719 |
180 |
Desde 720 hasta 899 |
240 |
Desde 900 hasta 1079 |
300 |
Desde 1080 hasta 1259 |
360 |
Desde 1260 hasta 1439 |
420 |
Desde 1440 hasta 1619 |
480 |
Desde 1620 hasta 1799 |
540 |
Desde 1800 hasta 1979 |
600 |
Desde 1980 hasta 2159 |
660 |
A partir de 2160 |
720 |
¿Cuánto se cobra de paro?
Los importes a cobrar dependen de la bases de cotización que hayamos tenido durante los 180 últimos días, y de si tenemos cargas familiares o no.
Durante los primeros 180 días cobraremos el 70% de la base reguladora, y a partir del día 181 se reduce al 50%
En el siguiente enlace encontrarás los impresos, cuantías máximas y mínimas, requisitos y cómo tramitar esta ayuda del INEM:
2. Subsidios por desempleo
El subsidio por desempleo es una ayuda económica que puede solicitarse cuando se ha agotado el paro y se continúa en desempleo o no se tienen las cotizaciones mínimas para poder cobrarlo.
Todos los subsidios por desempleo se caracterizan por la existencia de carencia de rentas, es decir, que para poder se beneficiario de estas ayudas no podemos tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (675 euros mensuales para 2022).
¿Qué subsidio puedo solicitar?
Existen varios tipos de subsidios, en función de la situación personal del desempleado. Solamente tienes que comprobar los requisitos de cada uno de ellos para saber a cuál puedes acogerte.
A continuación te mostramos los subsidios que pueden tramitarse. Haz clic en cada uno de ellos para conocer toda la información, cuantías, modelos de solicitud, plazos y cómo tramitarlos:
- Si no tienes los 360 días cotizados y te has quedado en paro:
Subsidio por insuficiencia de cotización
- Si has agotado el paro y tienes responsabilidades familiares:
Ayuda familiar para desempleados
- Si has terminado de cobrar el paro y tienes más de 45 años, sin cargas familiares:
Subsidio para mayores de 45 años
- Si tienes más de 55 años y has agotado el paro o un subsidio por desempleo:
3. Subsidios para colectivos especiales
Determinados colectivos, como los emigrantes retornados, liberados de prisión o trabajadores del campo en Andalucía y Extremadura, también podrán acogerse a una ayuda del SEPE si reúnen los requisitos mínimos.
Pincha a continuación para conocer toda la información sobre estas prestaciones del SEPE:
- Si eres emigrante retornado y has trabajado al menos un año en el extranjero:
Subsidio para emigrantes retornados
- Si has salido de prisión, has cumplido una pena de al menos seis meses y no tienes derecho a paro:
Subsidio para los liberados de prisión
- Si has mejorado de una incapacidad permanente:
Subsidio por mejoría de una invalidez
- Si eres trabajador del campo incluido en el SEASS y resides en Andalucía y Extremadura:
4. Ayudas SEPE extraordinarias
Si has agotado el paro y los subsidios a los que tenías derecho, el SEPE cuenta con tres ayudas económicas si continúas desempleado y no tienes ingresos suficientes.
La Renta Activa de Inserción
Además de una ayuda económica, la Renta Activa de Inserción cuenta con un itinerario personalizado de inserción laboral para que el desempleado logre un empleo estable.
Para poder solicitar la RAI tienes que tener al menos 45 años o pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
- Discapacitados con un grado del 33% o más
- Víctimas de violencia de género
Además tienes que ser parado de larga duración, es decir, llevar como mínimo doce meses apuntado al paro de forma ininterrumpida, salvo en el caso de los emigrantes retornados.
La Renta Activa de Inserción es una ayuda de 430 euros junto con un plan de inserción laboral durante 11 meses.
Tienes todos los requisitos, impresos de solicitud y cómo debe tramitarse en el siguiente enlace:
Ayuda de 430 euros. El Plan Prepara
El Plan Prepara es otra de las ayudas extraordinarias del SEPE para desempleados que han agotado todas las prestaciones y subsidios a los que podían acogerse y son parados de larga duración o bien presentan cargas familiares.
Tienes dos meses para solicitar la ayuda desde que terminas de cobrar el paro o el subsidio por desempleo
Si ya has cobrado la Renta Activa alguna vez, el PRODI o la Renta Agraria, no es posible pedir esta prestación del SEPE, al igual que si ya te has beneficiado alguna vez del Plan Prepara, tampoco será posible solicitarlo de nuevo.
Este programa también cuenta con itinerarios individualizados de inserción laboral que incluyen cursos de formación del SEPE
Conoce las cuantías, requisitos y cómo se solicita esta ayuda aquí:
Programa PAE de Activación para el Empleo
Esta es la última ayuda para desempleados que puede solicitarse a través del SEPE y solamente puedes beneficiarte una única vez. No obstante ahora mismo no está activa, ya que la última solicitud se pudo realizar hasta el 1 de mayo de 2022.
Tienes toda la información aquí:
5. Ayudas autonómicas a parados
Además de la prestaciones del SEPE, los parados tienen la posibilidad de solicitar las denominadas Rentas de Inserción o Salarios Sociales que son gestionadas por las diferentes comunidades autónomas desde los Departamentos de Servicios Sociales, cuando la persona ha agotado todas las ayudas estatales a las que podía acogerse.
Como son ayudas económicas autonómicas, son las propias comunidades quienes establecen los requisitos mínimos para poder acogerse a ellas.
Si estás desempleado y has agotado todas la prestaciones estatales, es posible que puedas acogerte a estas ayudas si no dispones de ingresos suficientes
Esta prestación se conoce con diferentes nombres dependiendo de la comunidad autónoma en la que te encuentres. Así por ejemplo, si vives en Zaragoza tendrás que solicitar el Ingreso Aragonés de Inserción, en Asturias el Salario Social Básico y en Canarias la Prestación Canaria de Inserción.
Generalmente, los requisitos mínimos para solicitar estas ayudas suelen ser:
- Haber agotado todas las prestaciones estatales
- No disponer de ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas
- Estar empadronado en la comunidad donde se solicita la ayuda
Accede a las ayudas de tu comunidad en el siguiente enlace:
6. Prestaciones Seguridad Social
La Seguridad Social gestiona determinadas prestaciones que, si bien no son exclusivamente para personas desempleadas, también pueden acogerse si reúnen los requisitos o se encuentran en la situación concreta que da derecho al cobro de la prestación.
Aquí tienes las prestaciones más destacadas que gestiona este organismo:
Incapacidad temporal
Conocida como la baja médica, es una prestación que cubre parte de los ingresos que un trabajador deja de percibir a causa de un accidente o enfermedad de forma temporal:
Incapacidad permanente
Es la prestación que cobra el trabajador a causa de una invalidez definitiva en función del grado que tenga reconocido:
Incapacidad permanente parcial
Incapacidad permanente absoluta
Riesgo de embarazo
Si la trabajadora sufre un riesgo durante el embarazo para ella o para el feto, es posible suspender el contrato de trabajo hasta que de a luz si no puede reubicarse en la empresa en otro puesto de compatible en su estado. Para cubrir la pérdida de ingresos, puede solicitar esta prestación:
Prestación por riesgo durante el embarazo
Riesgo durante la lactancia natural
También es posible que el bebé sufra un riesgo durante la lactancia natural a consecuencia del puesto de trabajo de su madre. En estos casos también puede suspenderse el contrato de trabajo durante ese periodo y la trabajadora tramite esta ayuda:
Prestación por riesgo durante la lactancia natural
Maternidad
Prestación que corresponde durante el periodo de descanso que le corresponde legalmente por baja maternal.
En caso de que la madre no reúna las cotizaciones mínimas, puede solicitar la maternidad no contributiva:
Paternidad
En los supuestos de nacimiento de un hijo a adopción, el trabajador suspende su actividad durante unos días y podrá solicitar esta ayuda que equivaldrá al 100% de la base reguladora:
Ayuda por cuidado de menores afectados por enfermedad grave
Quienes tengan que estar al cuidado de un menor a su cargo que esté afectado por una enfermedad grave podrán solicitar esta prestación si tienen que reducir su jornada laboral y consecuentemente su salario mensual:
Ayuda para el cuidado de hijos con enfermedad grave
Lesiones permanentes no invalidantes
Los trabajadores que sufran lesiones, deformidades o lesiones causadas por un accidente de trabajo o derivadas de una enfermedad profesional sin que llegue a ser una incapacidad permanente podrá solicitar esta indemnización:
Lesiones permanentes no invalidantes
Jubilación
Son prestaciones que una persona cobra en el momento de alcanzar la edad de jubilación cuando cesa definitivamente en su trabajo:
Prestaciones por muerte y supervivencia
Estas ayudas intentan paliar las diferentes situaciones de necesidad económica que para algunas personas produce el fallecimiento de otras:
Pensión en favor de familiares
Prestaciones familiares
Las prestaciones familiares pretenden cubrir las necesidades económicas o el exceso de gastos cuando existen responsabilidades familiares. También tienen lugar en algunos casos por nacimiento o adopción de hijos:
Ayudas por nacimiento o adopción
Seguro Escolar
El seguro escolar cubre en caso de accidente, infortunio familiar o enfermedad, a los estudiantes españoles o extranjeros que residan legalmente en territorio español, que sean menores de 28 años y que estén cursando en España los estudios que quedan enumerados en la normativa que lo regula:
7. Otras ayudas para desempleados
En este apartado podrás conocer el conjunto de ayudas que se destinan a determinados colectivos. Así, por ejemplo, las madres solteras, autónomos o personas con discapacidad pueden conocer en un único artículo todas las prestaciones y ayudas disponibles en su situación:
Ayudas para madres solteras
Las madres solteras pueden acceder a determinadas ayudas de carácter estatal y autonómico que tienen la finalidad de contribuir a los gastos derivados de los hijos a cargo:
Ayudas para jóvenes desempleados
Los jóvenes desempleados son un colectivo prioritario para el gobierno, pues es muy elevada la tasa de paro desde el 2007. Por ello, se han creado diversas medidas y planes estatales con el objetivo de mejorar la formación de los jóvenes así como procurarles la inserción efectiva en el mercado laboral:
Ayudas para familias numerosas
Las familias numerosas pueden beneficiarse de diversas ayudas destinadas a sufragar parte de los gastos tienen. Según sean familia numerosa general o especial, las ayudas varían. Consúltalas todas aquí:
Ayudas para emprenderores
Aquí tienes una compilación de ayudas para quienes han decidido emprender su propio proyecto. Desde bonificaciones y reducciones en las cuotas a la seguridad social, hasta diversos medios de financiación efectivos:
Ayudas para padres solteros
Al igual que las madres solteras, separadas o divorciadas, los padres pueden contar con hijos a cargo y formar una familia monoparental. Existen determinadas ayudas y prestaciones estatales y autonómicas a las que pueden optar, pues será independiente el sexo del progenitor o sustentador único:
Ayudas para parados de larga duración
Las personas que se encuentran en situación de desempleo por más de doce meses y estén inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo, son consideradas parados de larga duración. Estas personas podrán solicitar una serie de ayudas de carácter extraordinario cuando hayan agotado las prestaciones y subsidios a los que podían acogerse:
Más Información
Servicio Público de Empleo Estatal – SEPE
Ministerio de Empleo y Seguridad Social – Prestaciones
*Información actualizada en marzo de 2022