¿Cuál es la edad de jubilación en 2022?

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Si quieres saber cuál es la edad de jubilación este año, o cómo se calcula la edad legal de jubilación, en CursosInemWeb encontrarás toda la información que necesitas, ¡continúa leyendo!

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Te contamos cuál es la edad de jubilación en 2022, y cómo se calcula dicha edad hasta 2027, momento en el que quedará establecida en 67 años, ¡toma nota de todo!

Índice del artículo

  1. ¿Con qué años me puedo jubilar en 2022?
  2. Edad de jubilación en 2027
  3. ¿Cómo se calculará la edad legal de jubilación hasta 2027?
  4. ¿Es posible jubilarse y seguir trabajando?

1. ¿Con qué años me puedo jubilar en 2022?

Desde el 1 de enero de 2022, la edad de jubilación para poder cobrar el 100% de la pensión de jubilación es de 65 años y 8 meses. Esto supone un aumento de 2 meses con respecto a la edad establecida para 2022.

La nueva regla será de aplicación para aquellas personas que hayan cotizado menos de 36 años y 9 meses. Quienes se encuentren por encima de ese cómputo podrán acceder a la pensión máxima con 65 años.

En el año 2013 entró en vigor la reforma que va retrasando la edad de jubilación un mes por año de 2013 a 2022, y dos meses por año desde 2022 hasta 2027. El objetivo es que en 2027 la edad para jubilarse quede establecida en 67 años.

De forma paralela, a partir de 2013 empezó a incrementarse gradualmente, de 15 a 25 años, el período de cómputo para el cálculo de la pensión. De este modo, en 2022 dicho cálculo se hará conforme a los 22 últimos años de cotización, 2 de los cuales deben estar incluidos dentro de los 15 últimos ejercicios inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.

2. Edad de jubilación en 2027

La situación en 2027 será que convivirán 2 edades de jubilación diferentes:

  • 65 años, para aquellos trabajadores/as con carreras de cotización superiores a los 38 años y 6 meses
  • 67 años, para quienes no hayan logrado alcanzar el período de cotización anterior

Además, quienes lo deseen podrán continuar trabajando para así mantener su nivel de ingresos. Razón por la cual no existirá una sola edad de jubilación, sino que cada trabajador, según su número de años cotizados y el momento en que haya empezado a cotizar, junto con sus circunstancias económicas concretas, podrá decidir retirarse en momentos diferentes.

3. ¿Cómo se calculará la edad legal de jubilación hasta 2027?

Como vimos antes, para calcular la edad legal hasta ese momento tenemos que tener en cuenta la reforma de las pensiones aprobada en 2011, que amplía la edad de jubilación de los 65 a los 67 años, estableciendo un régimen progresivo. Así, para calcular la edad de jubilación hasta 2027 hay que combinar dos factores: la edad y la vida laboral. Veamos:

Edad biológica

Desde el año 2013 hasta 2027, la edad de jubilación se va retrasando:

  • En 1 mes por año de 2013 a 2022
  • En 2 meses por año de 2022 a 2027

De este modo, la edad legal en 2013 era 65 años y 1 mes; en 2014, 65 años y 2 meses, en 2022 65 años y 8 meses (recordemos que a partir de 2028 se incrementa en 2 meses por año la edad de jubilación) hasta que en 2027 quede en 67 años.

Vida laboral

Cualquier persona tendrá la oportunidad de jubilarse a los 65 años, accediendo al 100% de la prestación, siempre y cuando haya cotizado un número mínimo de años. Esa cantidad mínima va incrementándose desde los 35 hasta los 38,5 años, de forma progresiva también (un trimestre por año) de 2013 a 2027. De este modo, en 2022 un trabajador que cumpla 65 años tan solo podrá jubilarse si ha cotizado 36 años y 9  meses al menos. En caso contrario tendrá que esperar a cumplir los 65 años y 8 meses.

4. ¿Es posible jubilarse y seguir trabajando?

Aquellas trabajadoras y trabajadores, asalariados o autónomos, que quieran seguir trabajando una vez cumplida la edad de jubilación, podrán hacerlo y compatibilizar el trabajo con recibir el 50% de la pensión. Esto es lo que la Seguridad Social llama jubilación activa.

Para ello hay que cumplir una serie de requisitos, que son los siguientes:

  • Haber cumplido la edad legal de jubilación
  • Haber cotizado el período suficiente para tener derecho al 100% de la pensión

Se trata de una medida a la que pueden acogerse tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos. Podrán beneficiarse de ella los trabajadores a jornada completa y también parcial. Por el contrario, la jubilación activa no es posible para los funcionarios, a no ser que una vez que se jubilen pasen a trabajar al sector privado. Pero en ningún caso podrán compatibilizar la jubilación activa con seguir siendo empleados públicos.

Mientras que dure la jubilación activa, el beneficiario de la misma continuará cotizando a la Seguridad Social, pero tan solo por incapacidad temporal y contingencias profesionales (por contingencias comunes no). No obstante, se les aplicará una cotización especial de solidaridad del 8% (e 6% de la misma la paga el empresario y el 2% restante el trabajador).

Las trabajadoras y trabajadores que se encuentren en situación de jubilación activa no seguirán generando más pensión durante el período en que sigan trabajando. Es por ello por lo que la cotización que continúan aportando se llama «de solidaridad», dado que ya no repercute en ellos. Para trabajar y seguir generando pensión hay que decantarse por la modalidad de la jubilación demorada.

Más información

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social

Puedes obtener ampliar la información en relación a este tema en los siguientes artículos:

¿Cuál es la pensión máxima de jubilación en España?

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