¿Cuáles son los requisitos para obtener una autorizacion de residencia y trabajo en España? ¿quién tiene que solicitarla?¿qué documentación tiene que presentarse? Si estás pensando en venir a trabajar a España, esto te interesa.
Las personas extranjeras que deseen vivir en España realizando una actividad laboral, deben obtener un permiso de residencia y trabajo. Existen diferentes tipos de permiso según sea el trabajo que vaya a realizarse; así por ejemplo, no será el mismo documento si venimos a España con la intención de emprender por cuenta propia o si por el contrario es un empresario quien va a contratarnos. ¿Qué requisitos deben reunirse para poder obtener estas autorizaciónes? ¿Dónde tengo que tramitarlo? ¿Cómo se solicita? ¿Es un trámite gratuito? Todo lo que necesitas saber si es la primera vez que tienes que solicitarlo.
Índice del artículo
Los extranjeros mayores de 16 años que quieran trabajar en España deberán obtener un permiso de trabajo. De forma conjunta, junto con esta autorización, se concederá también el permiso de residencia.
1. Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena
En el caso de que vayas a trabajar por cuenta ajena en España, será el empresario quién deberá solicitar la autorización de residencia y trabajo para poder contratarte. Este permiso de trabajo y residencia tendrá un año de vigencia y podrá ser renovado de nuevo.
Requisitos
Para que puedas obtener el permiso de trabajo y residencia debes tener en cuenta que deben reunirse los siguientes requisitos además de ser mayor de 16 años en todos los casos:
- No debes ser ciudadano de ningún Estado Miembro de la Unión Europea, de Suiza o de un país perteneciente al Espacio Económico Europeo.
- No estar residiendo en España de forma irregular.
- No poseer antecedentes penales en ningún país en los que hayas residido incluida España ni tener la entrada prohibida en territorio nacional.
- Si ya estuviste en españa y firmaste un compromiso de no retornar en los 3 años siguientes, no debes encontrarte en ese plazo.
- Debes contar con la titulación mínima exigida para desempeñar el puesto de trabajo que vas a realizar.
- Debe presentarse un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario de duración suficiente como para cubrir el periodo por el que se va a autorizar el permiso de trabajo y residencia.
- El empresario que contrata debe figurar inscrito correctamente en el sistema de Seguridad Social y estar al corriente de todos los pagos a los que esté obligado.
Documentación necesaria
Para poder tramitar correctamente el permiso de trabajo, junto con el modelo de solicitud oficial EX-03 por duplicado y firmado por la empresa contratante, será necesario que aportar copias de la siguiente documentación del trabajador:
- Pasaporte o documento equivalente en su país.
- Títulos o documentos que justifiquen la capacidad del trabajador y cualificación profesional para realizar el trabajo.
Descarga aquí el modelo oficial EX 03:
Modelo solicitud oficial EX 03
Además la empresa debe presentar los siguientes documentos excepto los que vayan a contratar empleados/as del hogar:
- Identificación de la empresa.
- Contrato de trabajo original y copia que deberá estar sellada por la Oficina de Extranjería.
- Acreditación de solvencia por parte de la empresa.
- Declaración IRPF o certificación de ingresos.
Modelo Ex-03. Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Es importante tener en cuenta que se presentará copia de todos los documentos y se llevará consigo el original para exhibirlo. Además, todos aquellos documentos extranjeros deberán estar traducidos al castellano o en la lengua cooficial del lugar donde vaya a trabajarse.
3. ¿Cómo se solicita?
El empresario o la empresa que contrate al trabajador será quien presente la solicitud en la Oficina de extranjería de la provincia donde vaya a llevarse a cabo la actividad laboral.
En el momento de presentar la solicitud se devengarán las tasas correspondientes al modelo 790 que tendrán que abonarse en el plazo de 10 días hábiles: El trabajador abonará 10.50 euros y el empleador entre 195.88 y 391.79 euros.
El plazo de resolución de esta solicitud es de tres meses. Si pasado este tiempo no se obtiene respuesta se entenderá que ha sido denegada.
Una vez que se haya obtenido el permiso de trabajo, el trabajador extranjero deberá tramitar el visado en el plazo de un mes desde que se lo notifique el empresario. Cuando ya lo haya obtenido, deberá entrar en España en los tres meses de vigencia que tiene este documento.
Finalmente, cuando el trabajador haya sido dado de alta en la Seguridad Social, tendrá que tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE). Para ello dispones también de un mes.
Por tanto, los pasos son los siguientes:
- Solicitud del permiso de trabajo (Empresario).
- Pago de tasas correspondientes del modelo 790 (Empresario y Trabajador).
- Tramitación del visado (Trabajador).
- Tramitación del TIE (Trabajador).
2. Permiso de trabajo y residencia por cuenta propia
El permiso de trabajo y residencia por cuenta propia es una autorización para que el extranjero no residente en España pueda iniciar una actividad por cuenta propia de carácter lucrativo.
Para obtener el permiso de trabajo y residencia si quieres iniciar un trabajo por cuenta propia en España, debes justificar que posees la cualificación necesaria para la actividad que vas a desarrollar y que tu proyecto es viable.
Requisitos
Para poder solicitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia deberás reunir los siguientes requisitos:
- No debes ser ciudadano de ningún Estado Miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y además no puedes estar residiendo en España de forma irregular.
- No pueden exixtir antecedentes penales en España ni en ningún país en los que hayas residido, así como no tener la prohibición de entrar a España.
- Tampoco podrás estar dentro del plazo de compromiso de no volver a España si retornaste voluntariamente a tu país (3 años).
- Deben cumplirse todos los requisitos previstos legalmente para la apertura y puesta en marcha del negocio o proyecto que quieres iniciar.
- Contarás con la cualificación profesional mínima para ejercer la actividad profesional.
- Justificar que cuentas con los recursos económicos suficientes para la manutención, alojamiento una vez descontados los de la actividad profesional y además has tenido en cuenta la creación de empleo en el cómputo total de la inversión que vas a realizar.
¿Qué documentos tengo que presentar?
Deberán presentarse los siguientes:
- Modelo Oficial de Solicitud EX-07 correctamente rellenado y firmado. Puedes descargarlo aquí:
- Una copia del pasaporte o documento equivalente.
- Comunicación previa o una declaración responsable para actividades comerciales minoristas y servicios contemplados en la ley 12/2012 con superficie de menos de 300 metros y el pago del tributo correspondiente, ya que para estos casos no es necesaria la tramitación de licencia administrativa, sino que bastará comunicar a la administración el inicio del negocio.
- En los demás casos, sí deben tramitarse las correspondientes licencias y autorizaciones que sean necesarias y deberán presentarse junto con la solicitud.
- Documentación que justifique que se poseen los conocimientos y capacidad profesional para desarrollar la actividad laboral que quiere ponerse en marcha.
- Proyecto de la actividad que quiere realizarse con la viabilidad, inversión inicial y la rentabilidad esperada.
Al igual que para el permiso de trabajo para actividades por cuenta ajena, los documentos extranjeros deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del lugar donde vaya a iniciarse la actividad y se presente la solicitud.
¿Cómo puedo solicitarlo?
Debe solicitarlo el extranjero interesado en iniciar la actividad profesional ante la misión diplomática u oficina consular española que se corresponda con el lugar de residencia. En el momento de la solicitud se devengarán las tasas de residencia y trabajo que tendrán que abonarse en 10 días hábiles.
Las tasas que deberán abonarse serán 10.50 euros por la autorización de residencia temporal y 195.88 euros para las autorizaciones de trabajo por cuenta propia.
El plazo para resolver la solicitud será de tres meses, y si transcurrido el periodo no se ha obtenido respuesta se entenderá que no se ha concedido.
El procedimiento una vez se dispone de permiso de trabajo y residencia será tramitar el visado en el plazo de un mes. Una vez lo obtenga, dispone de tres meses para entrar en territorio español, se dará de alta en la Seguridad Social y tramitará la Tarjeta de identidad de extranjeros (TIE).
Por tanto el procedimiento es el siguiente:
- Solicitud permiso de trabajo y residencia.
- Pago de tasas. Modelo 790.
- Tramitar visado.
- Tramitar alta y afiliación a la Seguridad Social.
- Obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE).
Más Información:
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social – Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social – Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia
- Ministerio de Hacienda – Impresos de abono de tasas
- LO 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social