El subsidio para mayores de 45 años 2021

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Las personas mayores de 45 años, sin cargas familiares y que hayan agotado el paro tienen la opción de acogerse a esta ayuda. Conócela y accede a los formularios oficiales para solicitarla.

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El subsidio para mayores de 45 años puede solicitarse siempre que no se tengan cargas familiares y se haya agotado el paro ¿Te encuentras en esa situación? Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda por desempleo y cómo puedes tramitarla

1. ¿Qué es el subsidio para mayores de 45 años?

Como el resto de subsidios que gestiona el SEPE, el subsidio para mayores de 45 años es una ayuda por desempleo que pueden cobrar los desempleados mayores de 45 años que no tengan responsabilidades familiares y cuyos ingresos sean insuficientes. Además, tienen que haber agotado el paro o no tener derecho a él, pues en ese caso deberían solicitar esta prestación.

Este subsidio consiste en unas ayudas para las personas mayores de 45 años que cumplan los requisitos.

Este subsidio constará de una prestación económica, además de diversas acciones que tendrán el objetivo de ayudar al trabajador a reinsertarse de nuevo en el mercado laboral (formación, orientación profesional, etc.). Por tanto, somos beneficiarios de dos prestaciones: una ayuda económica y un itinerario de inserción laboral.

2. Requisitos para cobrar la ayuda a mayores de 45

En cuanto a los requisitos necesarios para poder beneficiarse de esta ayuda, es obligatorio cumplir los siguientes:

  • Tener 45 años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo y apuntado al paro, es decir, inscrito en el Servicio de Empleo Autonómico correspondiente a la localidad de residencia.
  • Haber agotado el paro o no tener derecho a cobrarlo.
  • Sellar el paro en las fechas indicadas en el documento DARDE, pues la persona tiene que mantener su condición de desempleada mientras perciba la ayuda.
  • No tener ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
  • En este caso no se pueden tener cargas familiares
  • No haber rechazado ninguna oferta de colocación adecuada. Tienes más información sobre esta cuestión aquí.

3. ¿Cuánto se cobra por este subsidio?

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La cuantía a percibir serán 430,27 euros durante 6 meses improrrogables. Este importe se corresponde con el 80% del IPREM. En el caso de que la jornada laboral por la que accediste a la prestación por desempleo hubiera sido a tiempo parcial, la cuantía se reducirá en el mismo porcentaje.

Si eres trabajador fijo discontinuo, la duración del subsidio para mayores de 45 años será igual al número de meses por los que hayas cotizado por desempleo en el último año.

4. Cómo solicitar el subsidio para parados de 45 años

Si reúnes todos los requisitos y hace un mes que dejaste de cobrar el paro, puedes solicitar este subsidio acudiendo a las oficinas de Servicio Público de Empleo Estatal o a través de la Sede Electrónica del SEPE.

Documentación

Para poder realizar la solicitud correctamente, debe aportarse la siguiente documentación:

  1. Impreso de solicitud del subsidio por desempleo, donde tendrás que marcar la opción «mayores de 45 años».
  2. Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas extranjeras residentes en España que sean comunitarias deberán presentar Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o el Número de Identidad de Extranjeros con el pasaporte, y aquellas que no sean comunitarias se identificarán con la tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) y el pasaporte.
  3. Documento bancario donde aparezca el número de cuenta donde quieras recibir la prestación. Recuerda que debes ser titular de la misma.

Recuerda solicitar el subsidio para mayores de 45 años un mes después de haber agotado el paro.

Descarga en el siguiente enlace el modelo de solicitud:

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5. Plazos para pedir la ayuda para mayores de 45 años

La solicitud debe tramitarse dentro de los 15 hábiles siguientes tras agotar el paro, y habiéndose cumplido un mes de espera.

6. Cómo se realiza el pago

La cuantía se paga por mensualidades entre los días 10  y 15 de cada mes.

Salvo algunas excepciones, el pago se realiza mediante el abono en la cuenta bancaria que indiques. Recuerda que debes ser titular de la misma.

7. Ayuda para mayores de 45 años con cargas familiares

En caso de que seas mayor de 45 años, hayas agotado el paro y tengas responsabilidad familiares, podrás acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares. Tienes más información el el siguiente enlace del SEPE:

TENGO CARGAS FAMILIARES. SUBSIDIO DESEMPLEO

8. Ayudas para amas de casa mayores de 45 años

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No existen ayudas concretas para mujeres mayores de 45 años que sean amas de casa. Pero las que se encuentren en esta situación podrán acceder a un subsidio por desempleo siempre y cuando reúnan los requisitos. Puedes consultarlo en los enlaces del apartado anterior.

9. Otra ayuda para mayores de 45 años: la RAI

En el caso de parados de larga duración que no pueden acogerse a este subsidio, cuentan con la Renta Activa de Inserción, un subsidio de carácter extraordinario destinado a mayores de 45 años, que cuenta además con un un programa de inserción laboral individualizado.

La RAI puede cobrarse durante un máximo de 11 meses y la cuantía económica también equivale a 430 euros mensuales.

Toda la información que necesitas sobre esta ayuda a continuación:

Renta Activa de Inserción

Más Información

Si quieres ampliar la información o descargarte la solicitud para tramitar esta ayuda, accede al siguiente enlace:

TENGO MÁS DE 45 AÑOS Y NO TENGO CARGAS FAMILIARES

*Información actualizada en Febrero de 2021

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