Si eres extranjero y resides legalmente en España, el TIE es el documento que acredita esta situación y debes poseerlo obligatoriamente. Te contamos paso a paso cómo se tramita este título.
¿Cuáles son los requisitos para poder tramitar el TIE? ¿Qué documentación tengo que presentar? ¿Dónde tengo que dirigirme para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero? Te contamos paso a paso, cómo obtener este título si eres extranjero residente en España.
Índice del artículo
1. ¿Qué es el TIE?
El TIE, o lo que es lo mismo, la Tarjeta de Identidad de Extranjero, es el documento que acredita la situación regular de las personas extranjeras en territorio español. Además de esto, también sirve para identificar a la persona y justificar que tiene autorización para permanecer en España.
El TIE es el documento que acredita que la persona extranjera reside legalmente en España
Este título es exclusivo y único para cada persona, pues es el documento que le identifica y, por tanto, es personal e intransferible.
El TIE puede asimilarse a lo que es el DNI para los españoles, el documento que los identifica y que deben conservar siempre en vigor.
2. ¿Quiénes pueden obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero?
El TIE solamente puede expedirse a aquellos extranjeros que se encuentren en situación legal en España conforme la legislación y normativa vigente.
Podrán solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero las personas que se encuentren en los siguientes casos:
- Aquellas que cuenten con un visado o autorización para permanecer en España por más de seis meses
- En los casos de renovación de la autorización
- Cuando tenga lugar alguna modificación o un cambio en los datos que figuran en la Tarjeta
- Si la Tarjeta ha sido sustraída, la han perdido, está destruida o a quedado inutilizada
Requisitos
Hay que tener en cuenta que para que pueda expedirse el TIE, la persona debe tener una resolución previa conforme tiene concedida una autorización administrativa o el reconocimiento de derecho a permanecer en España y haber pagado las tasas que correspondan según su situación.
Todo los extranjeros que cuenten con una autorización o visado para permanecer en territorio español por más de seis meses, tienen la obligación de tramitar y obtener el TIE en el plazo de un mes desde que entran en España o desde que les sea concedida la autorización
Los extranjeros que se cuenten con un permiso de trabajo y residencia temporal no tendrán obligación de obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjeros.
3. ¿Qué obligaciones tienen los titulares del TIE?
Las personas que sean titulares del TIE están obligados a:
- Llevar siempre consigo la Tarjeta de Identidad de Extranjero, pues es el documento que los identifica.
- Además, tendrán que exhibirlo siempre que le sea requerido por las Autoridades competentes, independientemente de que puedan acreditarse con su pasaporte o documento equivalente.
- En el caso de que pierdan el TIE, deberán solicitar, con carácter inmediato otra Tarjeta, que deberá tener la misma validez que la extraviada. Si el TIE se ha destruido o ha quedado inutilizado, también deberán tramitarlo de nuevo del mismo modo que en caso de pérdida.
- Cuando tengan lugar cambios de nacionalidad o domicilio, o alguna modificación de la situación familiar o cualquier otra, tendrá que ponerse en conocimiento en las Oficinas de Extranjería o en la Comisaría de Policía en el plazo de un mes desde que tienen lugar. Recuerda que habitualmente, es necesario solicitar cita previa para que puedan atenderte en las Oficinas de Extranjería.
*Si ya te han requerido para que comuniques algún cambio o modificación, el plazo será de quince días para personarte desde que recibes la notificación.
4. ¿Dónde se tramita la Tarjeta de Identidad de Extranjero?
El TIE se tramita en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría de Policía de la localidad donde resides.
Siempre deberá realizar la solicitud el interesado personalmente.
5. ¿Qué documentación tengo que presentar?
Para poder tramitar correctamente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, debe presentarse la documentación siguiente:
Origina y fotocopia de Modelo oficial de solicitud Ex-17 debidamente rellenado y con la firma del interesado.
Junto con este impreso, deberá adjuntarse el original de:
- El pasaporte o el título de viaje en el que conste, o bien el sello de entrada o marca de control.
- Si no se posee el título de viaje, se presentará el documento de viaje, junto con la declaración de entrada al país. Esta declaración debes efectuarla en una Comisaría de Policía o en alguna de las oficinas de extranjeros antes de 72 horas desde que entras en España. También puede presentarse la Cédula de Inscripción en vigor en los casos previstos.
- Tres fotos de carnet que tengan el fondo blanco y sean recientes.
- En el caso de poseer visado, deberás presentarlo también.
- Resolución o notificación que justifique que debes expedir el TIE. Este documento podrá obviarse, si consientes que la Administración compruebe dicha información.
- Justificante conforme has abonado las tasas que se corresponden con este trámite:
- Primera concesión: 15,45 €
- Renovación o prórroga: 18,54 €
- Residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: 15,45 €
- Residencia de larga duración: 21,02 €
- Justificante o documento que acredite que estás afiliado y/o en alta en la Seguridad Social en los casos que proceda.
Documentación adicional
- En los casos de robo o sustracción de la tarjeta, debe aportarse también la correspondiente denuncia.
- Si la tarjeta está inutilizada o destruida, tendrás que presentarla.
- Si ha tenido lugar modificaciones o variación de los datos, debes presentar la documentación que justifique estos hechos.
Puedes descargarte el impreso de solicitud en el siguiente enlace:
6. ¿Caduca el TIE?
El TIE, o Tarjeta de Identidad de Extranjero, tiene la misma vigencia que la autorización que ha justificado su expedición, y por tanto, en el momento en el que dicha autorización pierda su validez, también lo hará el TIE.
También lo hará cuando se pierda el derecho a permanecer en España o por cualquier causa establecida legalmente, como por ejemplo en los casos de retorno voluntario al país de origen, en el que se asume un compromiso de no retornar a España durante un periodo de tiempo si quieren acogerse al APRE (pago acumulado y anticipado del paro).
Con carácter general, el extranjero debe entregar el documento sin vigencia en la Comisaría de Policía o en una Oficina de Extranjeros.
7. TIE y NIE ¿Son lo mismo?
El TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) y el NIE (Número de Identificación de Extranjero) no son lo mismo, aunque suelen confundirse de manera habitual:
- El TIE es un documento que acredita que el extranjero está residiendo en España de forma legal, es decir, que tiene un derecho reconocido a residir legalmente en territorio español.
- El NIE en cambio, es el número que se le concede a las personas extranjeras con el único objetivo de poder identificarse. El NIE puede obtenerse, bien porque se les haya abierto un expediente administrativo o porque estas personas tengan razones económicas, profesionales o sociales en España, ya que, en estos casos, el extranjero necesita disponer de un número que le permita realizar operaciones comerciales, gestiones o trámites.
Así pues, el NIE no es una tarjeta de residencia, sino únicamente un número identificativo, que como tal, irá incluido siempre en la Tarjeta de Identidad de Extranjeros TIE.