La Seguridad Social aprueba una nueva ayuda para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital




Desde su creación en octubre de 2020, el Ingreso Mínimo Vital ha ido experimentando diferentes mejoras con el objetivo de continuar cumpliendo el propósito con el que nació: prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellas personas que no disponen de los recursos para cubrir sus necesidades básicas.

Novedades en el Ingreso Mínimo Vital en 2022

El 1 de enero de 2022, entraba en vigor la reforma de las pensiones impulsada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Esta reforma constaba de una serie medidas que buscaban principalmente reducir el impacto de la inflación en las subvenciones del Gobierno. La mas destacada fue el aumento del 3% en el IMV, aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para este año 2022.

Por otro lado, como consecuencia de los efectos económicos y sociales de la guerra en Ucrania, en marzo se llevó a cabo una nueva subida extraordinaria. En este caso se trata de un aumento del 15% para las pensiones no contributivas y las cuantías del Ingreso Mínimo Vital. En un principio, el plazo de finalización de esta subida estaba fijado en el mes de junio, pero el Gobierno decidió extenderlo hasta el próximo 31 de diciembre de 2022.

Complemento de ayuda a la infancia: 100 euros más por hijo

Otra de las novedades que nos encontramos este año en el Ingreso Mínimo Vital es el complemento de ayuda a la infancia. Esta nueva medida se incluyó en el BOE el pasado 21 de diciembre, y se trata de un complemento mensual de hasta 100 euros por hijo/a. Podrán beneficiarse de él tanto las familias que reciban el IMV, como las que tengan bajos ingresos aunque no cumplan los requisitos para optar a la ayuda. Por otro lado, la cuantía a recibir en este complemento variará en función de la edad de los niños/as menores de la unidad familiar, quedando de la siguiente forma:

  • Menores de 3 años: se recibirá el complemento íntegro, 100 euros al mes.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 70 euros al mes.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 50 euros al mes.

Nueva ayuda para los beneficiarios del IMV: el sello de inclusión social

Además de las novedades mencionadas anteriormente, la Seguridad Social ha aprobado una nueva ayuda para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Se trata del sello de inclusión social, que nace con el objetivo de facilitar la colaboración con empresas para favorecer la inclusión de los perceptores de esta prestación, y el incentivo al empleo, para impulsar a estas personas a incorporarse al mercado laboral.

La Seguridad Social aprueba una nueva ayuda para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social aprueba una nueva ayuda para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

El Ministerio de Inclusión buscará posibles beneficiarios del IMV en comedores sociales

Otra novedad a destacar es que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que a partir de septiembre se buscará a potenciales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en lugares que frecuentan personas en situación de vulnerabilidad económica, como comedores sociales o centros de reparto de ropa. Esto se debe a que según se estima, más de un millón de personas podrían estar cobrando esta prestación y todavía no lo saben.

Según ha explicado el ministro José Luis Escrivá, a través de esta nueva medida se busca ampliar la cobertura de la prestación, y asegurarse de que están llegando a todos los necesitados, ya que en otros países se ha realizado con éxito. Además, también ha insistido en lo siguiente:

«Hemos enviado 100.000 sms a potenciales beneficiarios que no lo habían solicitado, estamos haciendo encuestas, a través de ONG se pueden acreditar situaciones de especial singularidad y se han admitido 50.000 solicitudes con certificados de trabajadores sociales municipales».

Jose Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Requisitos para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital

  • Estar en situación de vulnerabilidad económica.
  • Estar inscrito como demandante de empleo. Es decir, estar apuntado al paro.
  • Tener residencia en España de manera legal y efectiva de forma continuada durante el año inmediatamente anterior.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que se pueda tener derecho. Se exceptúan salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • No llegar al umbral de ingresos que el Gobierno ha fijado en función a la unidad de convivencia.
  • En el caso de personas menores de 30 años, deberán llevar al menos 2 años viviendo de forma independiente.
  • En el caso de las unidades de convivencia, estas deben estar formadas desde al menos seis meses antes a la solicitud de la prestación.
Nuevas medidas para facilitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social aprueba una nueva ayuda para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

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