INCENTIVO AL EMPLEO PARA BENEFICIARIOS DEL INGRESO MÍNIMO VITAL

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la compatibilidad del ingreso mínimo vital (IMV) con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia.
Este nuevo mecanismo tiene como objetivo mejorar las oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación.

La Ley 19/2021 por la que se establece el IMV dispone que, para impulsar el tránsito desde una situación de exclusión a una de participación en la sociedad, el IMV contendrá en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión con el fin de evitar la llamada ‘trampa de pobreza’, es decir, que la existencia de la prestación inhiba a sus beneficiarios de buscar empleo por el temor a perder o ver reducidos sus ingresos.

Ley 19/2021 habla sobre el Incentivo al empleo aprobado este martes 27 de septiembre en Consejo de Ministros

El incentivo al empleo entrará en vigor a principios de 2023

El incentivo al empleo aprobado hoy en Consejo de Ministros entrará en vigor en enero de 2023. La norma fija un mecanismo que garantiza a los titulares del IMV que encuentren trabajo, o mejoren sus condiciones laborales, que su renta sea superior a la que habrían tenido sin incentivo.

Esto supone un incremento que se va atenuando a medida que los rendimientos del trabajo aumentan.

  • Incremento de ingreso de hasta el 60%: cuando el perceptor del IMV registre un incremento de sus ingresos del trabajo por cuenta ajena o propia que alcance hasta el 60% de la Renta Garantizada para su tipo de hogar. El incentivo le proporcionará un aumento de su renta disponible de la misma cuantía.
  • Incremento de ingresos entre el 60% y 100%: también aumentará cuando las subidas de sus ingresos procedentes del trabajo se sitúen entre el 60% y el 100% de su renta garantizada. En este caso el incentivo variará en función de tres parámetros:
    • La presencia o no de menores (con un incentivo más alto para los hogares con niños).
    • La composición del hogar (con un incentivo más alto para las familias monoparentales y para las personas con discapacidad).
    • La relación previa con el mercado de trabajo (se incentiva más a las personas que se incorporan a él que a las que ya estaban trabajando).
  • Si el incremento supera el umbral de la Renta Garantizada: el incentivo al empleo se mantendrá, aunque de forma más atenuada.
Gráfico mejora de renta con el IMV y el incentivo al empleo
Renta disponible de hogar que percibe renta salarial, IMV e incentivo al empleo

¿Cómo solicitar el incentivo?

La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, ha explicado que este incentivo se activará de forma automática.

Siempre en función de los cambios en la situación del beneficiario, sin necesidad de solicitarlo. «Cero papeleos», ha añadido, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, Isabel Rodríguez aclara que este mecanismo no es una prestación nueva e independiente del IMV. Por este motivo los preceptores no tienen que solicitarla aparte, sino que se calcula de oficio.

Se activa cuando se revisa el IMV, y sólo en el caso de que haya cambios en los ingresos del trabajo. Bien porque se haya encontrado un empleo o hayan mejorado las condiciones del mismo.

Simulador del incentivo al empleo

Así mismo , la administración trabaja en la puesta en marcha de un simulador, a través del que se podrán calcular las cuantías que corresponden a cada beneficiario y que se prevé empiece a funcionar en las próximas semanas.

Mientras tanto el Gobierno pone un ejemplo sobre la cuantía que puede percibir una familia monoparental con un menor que no ha tenido ingresos el año anterior:

  • Suponiendo que su Renta Garantizada es de 10.737 euros al año, ya que no tienen otros ingresos.
  • Al año siguiente, la familia consigue ingresos del trabajo por valor de 1.000 euros.
  • Al realizar la revisión del IMV, si no existiera incentivo al empleo, su IMV sería de 9.737 euros (Renta Garantizada de 10.737 – 1.000 euros de ingresos del trabajo).
  • Pero el incentivo al empleo aporta en este caso 1.000 euros, así que el IMV+incentivo permitirá que la familia perciba 10.737 euros

Así, su renta disponible sería de 11.737 euros, resultado de:

  • (IMV+incentivo = 10.737 euros) + (Salario = 1.000 euros)

Aumenta el número de beneficiarios del IMV

En los 28 meses desde su aprobación, el IMV ha alcanzado a más de 500.000 hogares en los que viven 1,4 millones de personas de los que el 43% son menores.

Si todavía no has solicitado el Ingreso Mínimo Vital en este enlace te explicamos los requisitos que debes cumplir y como presentar la solicitud.

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