Para beneficiarse, la cantidad que se debe reintegrar no podrá superar el 65% de la cuantía mensual de una pensión contributiva y la unidad de convivencia deberá tener, al menos, un menor de edad
El Gobierno ha aprobado en la reunión del Consejo de Ministros celebrada este martes 27 de diciembre varias medidas de apoyo a los colectivos especialmente afectados por las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
En concreto, se mantiene el incremento extraordinario del 15% tanto de las pensiones no contributivas, las de jubilación e invalidez no contributivas como del Ingreso Mínimo Vital desde el 1 de enero de 2023 y para todo el año, mediante el complemento del porcentaje que deba aplicarse a dichas prestaciones para su actualización de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 en un porcentaje igual a la diferencia entre aquél y el 15%.
La nueva exención para el retorno de los ingresos indebidos
Además, y ante el impacto más intenso que las consecuencias de la invasión de Ucrania está teniendo sobre los hogares más vulnerables, se ha aprobado una adición en la Ley del IMV que, en materia de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, permite no exigir las cantidades que no superen el 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas, siempre que en la unidad de convivencia se integre, al menos, un beneficiario menor de edad.
«No serán exigibles las cantidades que no superen el 65 por ciento de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas, cuando en la unidad de convivencia se integre, al menos, un beneficiario menor de edad», establece el nuevo real decreto-ley.
La cuantía máxima que estaría exenta de devolverse, teniendo en cuenta que las PNC para 2023 mensualmente será de 480€, apuntan que previsiblemente estará entre los 315 euros, aunque la ley no detalla exactamente la cuantía máxima que estaría exenta de devolver.
Qué pasa si la deuda supera el 65% de la mensualidad de PNC
Solo en el caso de que el importe indebidamente percibido por la unidad de convivencia supere el 65 por ciento del referido indicador, el Instituto Nacional de la Seguridad Social iniciará el procedimiento de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas para exigir la devolución de la diferencia entre la cantidad no exigible y el importe indebidamente percibido.
A efectos de la consideración de la existencia de menores de edad en la unidad de convivencia se tomará como referencia la fecha de efectos económicos de la modificación de la cuantía o de la extinción de la prestación.
En los supuestos previstos anteriormente, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario sin pago de la deuda, se aplicarán los correspondientes recargos y comenzará el devengo de intereses de demora, sin perjuicio de que estos últimos solo sean exigibles respecto del período de recaudación ejecutiva.
En los supuestos que se determinen reglamentariamente, la entidad gestora podrá acordar compensar la deuda con las mensualidades del ingreso mínimo vital hasta un determinado porcentaje máximo de cada mensualidad.
Importante
Está medida no es retroactiva, los que actualmente tienen la deuda deben abonarla. Este cambio en la ley, se hará efectivo a partir de 2023.
Ejemplos
- Importe indebidamente percibido 300€: En este caso la deuda se perdona ya que seria inferior al 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas
- Importe indebidamente percibido 2.000€: Descontaremos el 65% de la cuantía mensual de las PNC, previsiblemente unos 315€, a los 2.000€ de la deuda, quedando así la cuantía adeudada de 1685€.