Actualmente, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dispone de hasta 8 subsidios por desempleo diferentes, los cuales se encarga tanto de gestionar como de tramitar.
Entre estas ayudas encontramos el subsidio para mayores de 52 años, una prestación consta de una cuantía de 463 euros al mes, y que se puede cobrar en muchos casos de manera indefinida.
Subsidio para mayores de 52 años: ¿De qué se trata?
El subsidio para mayores de 52 años es una prestación destinada a desempleados que a día de hoy cumplen todos los requisitos para jubilarse, excepto la edad.
El importe a recibir con esta prestación en 2022 consta de una cuantía de 463,21 euros al mes, lo que se corresponde con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Duración
Una de las grandes ventajas que tiene este subsidio es su duración, ya que en el caso de que el trabajador no encuentre un empleo, se podrá recibir hasta alcanzar la edad de jubilación. Según explican desde el SEPE:
«La duración será hasta que usted alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social».
Por otro lado, para poder renovar el derecho a recibir esta prestación, la persona beneficiaria tendrá que cumplir cada año los requisitos para optar al subsidio, los cuáles se detallan en el siguiente apartado. Por otro lado, los beneficiarios de esta prestación deben realizar el trámite de renovación cada 12 meses desde la fecha en la que se concedió el subsidio.
Además de esto, también tendrá que presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas (DAR). Esta declaración se trata de un documento oficial a través del cual se acredita que el beneficiario continua teniendo rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
El plazo para presentar esta declaración es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento de los 12 meses desde el reconocimiento de la ayuda.
Requisitos para optar al subsidio para mayores de 52 años
Para poder optar al subsidio para mayores de 52 años, se deben cumplir los siguientes requisitos básicos:
- Tener cumplidos 52 años o más en la fecha en la que se solicite la ayuda.
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde que se haya agotado la prestación que se estuviera percibiendo. Además, inscripción tendrá que mantenerse durante todo el tiempo que se esté recibiendo este subsidio.
- No tener rentas propias superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- Por último, tener 15 años cotizados y que dos de ellos sean dentro de los últimos 15 años.
Puedes consultar toda la información sobre este subsidio, así como el resto de requisitos, pulsando aquí.
Cómo solicitar este subsidio
Existen hasta 5 formas diferentes mediante las cuales se puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años:
- A través de la Sede Electrónica del SEPE. Para hacerlo de esta forma, es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. Si no sabes como obtener alguno de estos sistemas de identificación, puedes informarte pinchando aquí.
- Por Internet, a través de la página web del SEPE. Para ello habrá que rellenar previamente un formulario de pre-solicitud. Puedes acceder a él pinchando aquí.
- De manera presencial, acudiendo a una oficina de empleo. Es importante saber que para hacerlo presencialmente habrá que solicitar siempre cita con antelación. Puedes hacerlo pinchando aquí.
- Acudiendo a una oficina de registro público.
- Por último, también se podrá solicitar por correo administrativo.
Cotización a la Seguridad Social: otra de las grandes ventajas de este subsidio
Otras de las grandes ventajas de las que dispone este subsidio, es que mientras se recibe, se podrá seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a pensión de jubilación. Según afirman desde el SEPE:
«La entidad gestora ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».