Si estás desempleado y has agotado el paro, aquí tienes algunas ayudas que puedes solicitar si aún no has encontrado un empleo.
Muchos desempleados se encuentran con que han terminado de cobrar el paro y continúan sin trabajo. Desde el SEPE se gestionan algunas ayudas más y en caso de haberlas agotado también, las comunidades autónomas cuentan con algunas otras. Aquí tienes una relación de ayudas si no tienes paro y sigues sin encontrar un empleo.
Índice del artículo
1. Ayuda familiar para desempleados
Si has terminado de cobrar el paro y sigues sin empleo, puedes solicitar la ayuda familiar, un subsidio del SEPE que se concede a los desempleados que han agotado la prestación contributiva y tienen cargas familiares.
Para ello, tienen que reunirse determinados requisitos como la carencia de rentas o permanecer inscrito en los servicios de empleo autonómicos.
La ayuda tiene que pedirse después de un mes de haber agotado el paro y no se pueden tener ingresos por encima de 530,78 euros mensuales.
El importe a percibir será de 426 euros durante seis meses que podrá prorrogarse hasta un máximo de 18 si se siguen cumpliendo los requisitos.
Para conocer más acerca de este subsidio y descargarte el modelo de solicitud pincha en el siguiente enlace:
Ayuda familiar para desempleados
Además de este, existen otros subsidios por desempleo en función de la situación personal del desempleado. Puedes consultar la relación de ayudas por desempleo si clicas a continuación:
2. Renta Activa de Inserción RAI
También puede darse el caso de que hayas agotado el paro y el subsidio por desempleo y continúes desempleado y sin ingresos.
El SEPE también gestiona lo que se conoce como ayudas extraordinarias, que son diversos programas orientados a la reinserción laboral que cuenta además con una ayuda económica de apoyo.
La Renta Activa de Inserción es uno de estos programas, que pueden solicitar las personas que se encuentren en esa situación y además sean mayores de 45 años o se incluyan en alguno de los colectivos siguientes:
- Personas con discapacidad del 33% o más
- Emigrantes retornados
- Víctimas de violencia de género
La RAI solamente puede percibirse tres veces como máximo y está sujeta al cumplimiento de estos requisitos:
- Estar apuntado al paro en el Servicio de Empleo correspondiente y renovar la demanda en las fechas indicadas en su tarjeta.
- No tener ingresos por encima del 75% del salario mínimo interprofesional (530,78 euros mensuales)
Si agotas una vez la RAI, puedes solicitarla de nuevo pasados 365 días, es decir, que no será posible acogerse hasta pasado un año.
Toda la información a continuación:
3. Plan Prepara
El Programa Prepara, conocido también como la ayuda de los 400 euros, que pueden solicitarlo los desempleados que hayan agotado el paro y el subsidio por desempleo y sean parados de larga duración o cuenten con responsabilidades familiares.
Esta ayuda del INEM cuenta con un itinerario personalizado de inserción laboral y una compensación económica que oscila entre los 400 y 450 euros dependiendo de la situación del parado.
No se puede solicitar el Prepara si ya se ha cobrado alguna vez la RAI, la Renta Agraria o el mismo Plan Prepara.
Solamente puede cobrarse una única vez y no es posible compatibilizarlo con el trabajo a tiempo parcial.
Más información aquí:
4. Programa PAE de Activación para el empleo
Finalmente el SEPE cuenta con el Programa PAE, la última de las ayudas extraordinarias, dirigido a desempleados de larga duración que hayan agotado el paro y las ayudas por desempleo, incluida la RAI o el Plan Prepara.
Esta ayuda cuenta también con un itinerario de inserción y una ayuda económica de 426 euros durante seis meses.
Deben haber pasado al menos seis meses desde que se agotaron las ayudas para poder solicitar el PAE y no se pueden estar percibiendo ingresos por encima de 530,78 euros mensuales.
Las personas interesadas en acogerse a al Programa de Activación para el Empleo tienen hasta el 15 de abril de 2022 para solicitarlo.
Toda la información de esta ayuda en el siguiente artículo:
5. Rentas mínimas de inserción
En el caso de que hayas agotado todas las ayudas del SEPE, y no tengas derecho a cobrar ninguna prestación más, puedes comprobar los requisitos para cobrar una renta mínima de inserción en tu comunidad.
Esta ayuda se conoce con nombres distintos en función de la comunidad autónoma en la que nos encontremos. Así por ejemplo es lo mismo hablar de RMI, Salario Social, Ingreso Mínimo de Solidaridad, o Ingreso Aragonés de Inserción.
Las Rentas Mínimas de Inserción son ayudas autonómicas destinadas a personas que no disponen de recursos suficientes y no tienen derecho a cobrar ninguna prestación estatal.
Como es una ayuda autonómica, cada comunidad puede establecer sus propios requisitos para cobrarla, pero generalmente siempre se incluyen estos:
- Estar empadronado en un municipio de la comunidad donde vas a pedir la ayuda
- No tener ingresos por encima de unos topes establecidos
- En el caso de personas en desempleo deben estar apuntadas al paro
- No tener derecho a ninguna ayuda estatal como las prestaciones por desempleo
Para conocer los requisitos y las cuantías en tu comunidad, pincha en este enlace:
6. Ayudas de emergencia social
Además de la Renta Mínima de Inserción, las comunidades también gestionan lo que se conoce como ayuda de emergencia, que es una prestación urgente y puntual que puede recibir una persona o familia que se encuentre en un momento de especial gravedad, como por ejemplo un desahucio o un corte de suministro básico.
Esta ayuda solo se concede de forma extraordinaria para cubrir un gasto de urgente necesidad
Para tramitar la ayuda de emergencia social hay que dirigirse al Centro de Servicios Sociales de la localidad de residencia y comprobar los requisitos que se necesitan para solicitarla.
También puedes comprobarlos en el siguiente enlace:
Más Información
Recuerda que para solicitar ayudas en el SEPE es necesario solicitar cita previa antes de acudir a las oficinas.