Todas las ayudas disponibles para la compra de un coche nuevo.
¿Estás pensando comprar un coche? En ese caso debes saber que existen unas ayudas para la adquisición de un nuevo vehículo de las que quizás puedas beneficiarte.
Descúbrelas en este post.
Índice del artículo
2. Plan MOVES II
Las ayudas del Plan MOVES II van dirigidas a particulares, pymes y grandes empresas, si bien varían en cada caso.
Así pues, las personas físicas solo pueden pedir una ayuda por persona, mientras que profesionales, empresas y administraciones pueden solicitarlas para hasta un máximo de treinta vehículos.
Este plan está orientado a fomentar la movilidad eficiente, razón por la cual los coches eléctricos tienen el mayor descuento, si bien no son los únicos cuya compra contempla este programa.
Se pueden subvencionar a través del Plan Moves II todo tipo de coches enchufables, sean eléctricos al 100% o híbridos enchufables. También forman parte de estas ayudas los coches de pila combustible.
En relación a las categorías, se pueden financiar turismos, furgonetas, autobuses, minibuses, camiones, motos cuadriciclos.
Con respecto a las ayudas que se pueden recibir, estas quedan de la siguiente forma:
- Para el caso de los turismos, los coches eléctricos puros o híbridos enchufables con más de 90 kilómetros de autonomía, así como los coches de pila combustible de hidrógeno, se pueden subvencionar por hasta un máximo de 5.500 euros si se envía el coche al desguace. Si no se envía al desguace, la ayuda se reduce hasta los 4.000 euros.
- Si se compra una furgoneta eléctrica o híbrida de más de 30 kilómetros de autonomía, se puede recibir un incentivo de hasta 6.000 euros si se lleva al desguace el coche anterior, y 4.400 euros si no se hace esto último.
Requisitos para beneficiarse del Plan MOVES II
Los requisitos a cumplir para acogerse al Plan MOVES II son los siguientes:
- Si se compra un turismo eléctrico, este tiene que tener un precio máximo de 45.000 euros.
- La cantidad anterior asciende a 53.000 euros si se trata de un coche de ocho plazas, o si el destinario de la ayuda es una Administración o una entidad sin ánimo de lucro.
- El vehículo a entregar tiene que tener la ITV en vigor, salvo en el caso de que esta haya caducado en el estado de alarma.
- Dicho coche tiene que haber sido del beneficiario de la ayuda durante al menos los doce meses anteriores a la compra del nuevo vehículo.
- No se puede haber recibido una ayuda del mismo tipo.
2. Ayudas a los personas con discapacidad
Anualmente se convocan ayudas para personas con discapacidad en todas las comunidades autónomas para que puedan adquirir y/o adaptar vehículos.
Las ayudas existentes van desde el descuento que el propio concesionario puede realizar, a las exenciones de impuestos tanto a nivel local, autonómico o estatal.
Estas ayudas se realizarán a un solo vehículo.
Requisitos para acogerse a estas ayudas
Los requisitos para beneficiarse de las ayudas pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma, pero en general suelen ser las siguientes:
- Tener un grado de discapacidad de al menos el 33%, o tener reconocida la movilidad reducida.
- Ser menor de 65 años.
- Estar empadronado en la comunidad autónoma en la que se va solicitar la ayuda.
- Cumplir ciertos baremos económicos.