¿Quieres poner un negocio, y no sabes si darte de alta como autónomo o crear una sociedad limitada? Te orientamos para que tomes la mejor decisión posible, ¡no pierdas detalle!
¿Qué es mejor, ser autónomo o tener una sociedad limitada? Esta es una de las preguntas más importantes que todo emprendedor debe hacerse para poner en marcha su negocio. En este artículo te damos todas las claves para que tomes la mejor decisión.
Índice del artículo
- ¿Autónomo o sociedad limitada? ¿Qué es mejor?
- Crear sociedad limitada sin autónomos
- Impuestos autónomos y sociedad limitada
- ¿Cuándo debes pasar de autónomo a sociedad limitada?
1. ¿Autónomo o sociedad limitada? ¿Qué es mejor?
Cuando se plantea la posibilidad de fundar un negocio, una de las cuestiones más importantes es decidir si darse de alta como autónomo sin más, o bien constituir una sociedad limitada. Para tomar una decisión acertada, es necesario hacerse algunas preguntas:
¿Cuándo quieres empezar?
Esta pregunta es clave, ya que para poner en marcha una empresa hace falta un poco de tiempo, al menos un mes aproximadamente. Sin embargo, como autónomo se puede empezar la actividad de forma inmediata.
¿Cuánto quieres gastar?
Crear una sociedad limitada tiene unos costes iniciales, en concepto de escrituras, trámites y capital social (un mínimo de 3.000 euros, que puede utilizar luego la empresa para lo que le haga falta). Darse de alta como autónomo no tiene estos gastos.
Además de los anteriores, existen una serie de gastos de mantenimiento que también son superiores en el caso de la Sociedad Limitada. Esto conlleva que las cuotas de la gestoría también sean más altas. Dichos gastos de mantenimiento son los siguientes:
- Autónomos: presentar el IVA, el IRPF, el registro de facturas y la cuota de autónomos.
- Sociedad Limitada: presentar el IVA, Impuesto de Sociedades, presentar los estados contables y registro de contabilidad. Además, en el caso de una sociedad limitada unipersonal, el administrador debe darse de alta en la cuota de la Seguridad Social de autónomos, al llevar el control de la sociedad.
¿Cómo deseas proteger tu patrimonio?
- El autónomo responde con sus bienes presentes y futuros. Así que en el caso de estar casado y en régimen de bienes gananciales, conviene hacer una separación de bienes antes de darse de alta como autónomo. Se han aprobado normas para limitar esta responsabilidad, pero como queda por ver cómo será su aplicación, lo mejor es prevenir dando este paso.
- En una sociedad limitada, la responsabilidad patrimonial se limita al capital que se haya invertido en la misma. Algo que es relativo a la hora de la verdad, ya que en caso de pedir financiación a un banco, hay que firmar como fiador y el compromiso es el mismo que si se tratara de un autónomo.
¿Qué beneficios esperas obtener?
Los autónomos pagan el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, y las sociedades el Impuesto de Sociedades. Pues bien, con los actuales tipos, es necesario ganar entre 30.000 y 40.000 euros anuales aproximadamente para que sea mejor fundar una sociedad que darse de alta como autónomo.
2. Crear sociedad limitada sin autónomos
Una vez que se toma la decisión de crear una sociedad limitada, una pregunta que suele surgir es si es necesario darse de alta como autónomo. Pues bien, para obtener la respuesta es necesario tener claro el papel que se va a desempeñar en la futura empresa.
Cuando se es socio trabajador de una sociedad limitada, existen tres casos en los que será necesario inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social:
- Cuando se posee más del 50% del capital de la sociedad.
- En caso de que se tenga menos del 50% del capital, pero se viva con otros socios que sean familiares directos, y cuya suma de participaciones con las propias sí llegue al 50% del capital.
- Si se tiene más del 25% del capital, y se ejercen labores de dirección y gerencia en la sociedad. Si no se alcanza el 25% siempre existe la posibilidad de afiliarse al Régimen General Asimilado, teniendo en cuenta que en este caso no se tiene derecho a desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial.
Pero si en vez de ser socio trabajador se ejerce como socio administrador o consejero, el régimen correspondiente se establece de la siguiente manera:
- Cuando se tiene más del 25% del capital social y se realizan tareas de dirección y gerencia, habrá que darse de alta en el Régimen General Asimilado.
- Si no se tiene más del 33% del capital y no se ejercen labores de dirección y gerencia, corresponde inscribirse en el Régimen General.
3. Impuestos autónomos y sociedad limitada
Veamos ahora qué impuestos hay que pagar en uno y otro caso:
Impuestos de los autónomos
Los autónomos tienen que hacer frente a los dos siguientes impuestos:
- IVA: aunque este impuesto recae realmente sobre el consumidor final, el autónomo tiene que liquidar el IVA. Es decir, este tendrá que devolver el IVA que haya cobrado, y recibir el que haya pagado en sus facturas, todo al final de cada trimestre.
- IRPF: este impuesto graba a todas las personas físicas, incluyendo a los autónomos. A través del IRPF Hacienda cobra al final del año por los beneficios obtenidos. Este impuesto se retiene normalmente en cada factura emitida, con un 21% sobre la base de la misma. Durante los tres primeros años de actividad, los autónomos solo pagan un 7% de IRPF.
Impuestos en las sociedades limitadas
Por su parte, las sociedades limitadas deben liquidar los siguientes impuestos:
- Impuesto de sociedades: este impuesto se calcula partiendo de los beneficios contables, y haciéndole una serie de ajustes fiscales.
- IVA: como en el caso de los autónomos, las sociedades limitadas también tendrán que liquidar el IVA, si bien también aquí se tratará de un impuesto que recae realmente sobre los consumidores.
- IRPF: la sociedad tiene que ingresar en la Agencia tributaria las retenciones que realice a profesionales, arrendadores y empleados.
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): este es un impuesto que tan solo tienen que pagar aquellas sociedades que superen una cifra de negocio de 1.000.000 de euros.
4. ¿Cuándo debes pasar de autónomo a sociedad limitada?
Existen tres razones fundamentales para tomar la decisión de pasar de ser autónomo a constituir una sociedad limitada:
- Para reducir la imposición fiscal. A medida que aumentan los ingresos de los autónomos, estos pueden llegar a tributar hasta por un 56% de los mismos. En cambio una sociedad limitada tiene un gravamen general de un 25% aproximadamente.
- Por una mayor protección del patrimonio personal. Tal como vimos antes, el autónomo responde con todos sus bienes, presentes y futuros. En cambio en la sociedad limitada tan solo hay que hacer frente a las deudas con el capital aportado.
- Para conseguir una mejor reputación. Desafortunadamente, la imagen de los autónomos en España no es tan buena como la de las empresas para los proveedores. Además, si se pretende trabajar con grandes empresas, es prácticamente obligatorio constituir una sociedad limitada.
Más información
Ley 6/2021, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo