Nueva Ley de Alquiler 2021 ¡Todas las novedades!

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Te contamos todas las novedades que trae la nueva Ley del Alquiler, ¡infórmate en CursosInemWeb!

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El nuevo real decreto-ley del alquiler de vivienda, o nueva Ley del alquiler, contiene una serie de novedades importantes que afectan al arrendamiento. Si quieres conocer cuando entra en vigor la nueva Ley del alquiler y qué cambios contiene con respecto a la anterior, continúa leyendo, ¡aquí tienes toda la información!

1. ¿Cuándo entró en vigor la nueva Ley del alquiler?

La nueva Ley del Alquiler entró en vigor el 6 de marzo de 2021, después de aprobarse en Consejo de Ministros el 1 de marzo y publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 5 del mismo mes.

2. Principales novedades

Las novedades más importantes que contempla la nueva Ley de alquiler son las dos que vemos a continuación:

Duración del contrato de alquiler con la nueva Ley

Con la aprobación de la nueva Ley de Alquiler, los contratos se amplían de 3 a 5 años de duración. En caso de que el arrendador sea una empresa, este plazo aumenta hasta los 7 años.

La duración del contrato dependerá de si el arrendador es una persona física o jurídica, yendo de los 5 años en el primer caso a los 7 en el segundo.

Renovación con el IPC

Se impide subir la renta dentro del contrato por encima de los límites del IPC.

3. ¿Cómo afecta la nueva Ley del alquiler a los contratos anteriores?

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En principio, las novedades que hemos visto en el apartado anterior solo afectarían a los contratos celebrados a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, es decir, a partir del 6 de marzo. Los contratos de arrendamiento anteriores seguirán rigiéndose por lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

Sin embargo, en aquellos casos en las partes se pongan de acuerdo para ello, y siempre y cuando no sea contrario a ley, los contratos previos a la nueva norma pueden adaptarse a esta.

4. El apartamento turístico en la nueva Ley del alquiler

En relación a la regulación de las viviendas turísticas, se ha establecido que las comunidades de propietarios tengan la oportunidad, por acuerdo de mayoría de 3,5 partes, de limitar o condicionar el ejercicio de la actividad de alquiler turístico, o fijar ciertas condiciones para su ejercicio.

Con esta modificación se pretende que los vecinos cuenten con posibilidades para facilitar la convivencia y tomar decisiones acerca de las actividades que se produzcan en su comunidad. También se contempla establecer aumentos de hasta el 20% en la participación en los gastos comunes por parte de las viviendas de uso turístico, y obliga a contar con los títulos habilitantes que se necesitan para ejercer esta actividad.

5. ¿Cómo influye la nueva Ley del alquiler en los desahucios?

Esta nueva ley establece la notificación sistemática del procedimiento de desahucio a los servicios sociales, razón por la cual habrá más tiempo para estudiar las situaciones de posible vulnerabilidad. Se introduce también la regla de la cuantía en la tramitación del procedimiento arrendaticio.

Es decir, se permite que el arrendatario acuda al juicio verbal en caso de reclamaciones de cantidad iguales o inferiores a 6.000 euros. Se aclara también la obligatoriedad de fijar día y hora del desahucio, dando fin a los lanzamientos con fecha abierta.

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6. Otros cambios en la nueva Ley del alquiler

Junto con las novedades que hemos visto ya, que son las principales en esta nueva ley, también se establecen otras que conviene tener en cuenta:

  • Las garantías adicionales a la fianza se limitan a 2 meses, salvo en los casos de contratos de larga duración.
  • A la hora de resolver el contrato, llegada la fecha de vencimiento del mismo o de alguna de sus prórrogas, y pasados al menos 5 años en caso de que el arrendador sea persona física, o 7 años si es persona jurídica, el arrendador tendrá que comunicar al inquilino su voluntad de no renovarlo al menos 4 meses antes. Cuando sea el inquilino el interesado en irse, tendrá que avisar con al menos 2 meses de antelación.
  • Si no se hace como se indica en el punto anterior, el contrato se prorrogará de forma obligatoria por plazos anuales hasta un máximo de 3 años, salvo que el inquilino expresa al arrendador, con un mes de antelación, su voluntad de no continuar con el contrato.
  • El propietario debe recoger expresamente en el contrato su potestad para recuperar la vivienda y resolver el contrato de manera anticipada. Es importante que esta cláusula quede reflejada en el contrato, ya que el dueño de la vivienda puede llegar a necesitarla tanto para él como para alguien de su familia, por distintas circunstancias.
  • La persona que compra una vivienda en alquiler tiene que respetar el contrato vigente, con independencia de que este esté inscrito en el Registro de la Propiedad o no.
  • En caso de que haya acuerdo entre el propietario y el inquilino para ello, podrán hacerse obras de mejora de la vivienda, sin que sea necesario firmar un contrato nuevo.
  • Tanto los gastos de gestión inmobiliaria como los de formalización del contrato correrán a cargo del arrendador siempre que este sea una persona jurídica.

Más información

Real Decreto-ley 7/2021, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler

 

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