Estas son las ayudas del SEPE para jóvenes desempleados

Todos sabemos que los jóvenes son los que más están afectados por el desempleo. Para intentar paliar esta situación, el SEPE ofrece una serie de ayudas.

 

En este artículo vamos a ver 3 ayudas que el SEPE ofrece a los jóvenes que se encuentran en situación de desempleo. Si perteneces a este colectivo o tienes un hijo joven en esta situación, este artículo te interesa.

Prestación por desempleo

La conocida comúnmente como paro. Está dirigida a todos los jóvenes que, queriendo trabajar, han perdido su empleo de forma temporal o definitiva.

Requisitos

  • Haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores.
  • No tener la edad ordinaria para jubilarse.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo.

Solicitud

  • Esta ayuda se podrá pedir en un plazo de 15 días hábiles desde que te quedas en desempleo.

Subsidio por insuficiencia de cotización

Ayuda destinada a trabajadores que no cuentan con el período mínimo de cotización para acceder al paro.

Requisitos

  • No tener acumulados más de 360 días cotizados.
  • No tener cotizados por desempleo al menos:
  • 3 meses (90 días) si se tienen responsabilidades familiares.
  • 6 meses (180 días) si no se tienen responsabilidades familiares.
  • No tener ingresos, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Solicitud

  • Esta ayuda se podrá pedir en un plazo de 15 días hábiles desde que te quedas en desempleo.

Subsidio Extraordinario por Desempleo

Esta ayuda es el último recurso que tienen los jóvenes desempleados que no encuentran trabajo y tienen cargas familiares.

Requisitos

  • No tener acumulados más de 360 días cotizados.
  • Haber agotado los subsidios ordinarios a los que se tenía derecho.
  • No tener rentas superiores al 75 % del Salario Mínimo Profesional (SMI).
  • No haber percibido el Programa de Activación para el Empleo.
  • Tener a cargo al cónyuge o a algún hijo menor de 26 años.

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